18.1 Salud Laboral y Escolar- Departamento de Salud:
Tipo | Nº | Año | Descripción | |
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30 | Ley Nacional | 26130 | 2006 | Establece que toda persona mayor de edad tiene derecho a acceder a la realización de las prácticas denominadas “ligadura de trompas de Falopio” y “ligadura de conductos deferentes o vasectomía” en los servicios del sistema de salud. Requisitos. Excepción. Consentimiento informado. Cobertura. Objeción de conciencia. |
29 | Nota Múltiple | 0 | 2006 | Superintendencia de Riesgos del Trabajo a UnTER (18-8-06): expresa en relación a la Resolución 893/06 del CPE que “Esta normativa permite articular, sin perjuicio de los trabajadores, la prestación de Recalificación Profesional normada por la Ley sobre Riesgos del Trabajo en su artículo 20, inciso d) y sus Resoluciones SRT Nº 216/03 y SRT Nº 1300/04, con el Estatuto del Docente y la normativa vigente, dado que antes de ella cuando un docente era reubicado en tareas distintas a las que ejercía interinamente, quedaba fuera de su puesto de trabajo, perdiendo el interinato y viéndose perjudicado por el hecho de que se preservara su salud”. |
28 | Resolución | 930 | 2006 | Rectifica artículo de la Resolución N 814/06. |
27 | Resolución | 893 | 2006 | DETERMINAR que los Trabajadores de la Educación que sufrieran accidentes de trabajo o padecieran enfermedad profesional, cualquiera sea su situación de revista, tendrán derecho a la reubicación y a la reserva del puesto de trabajo, en los cargos u horas cátedra en que se desempeñaba al momento del accidente o que conociera la enfermedad y al cómputo de la antigüedad durante su vigencia, hasta el agotamiento del periodo máximo de licencia por enfermedad y por todo el tiempo que el trabajador permanezca en situación de invalidez provisional incluido el plazo de readecuación de tareas. |
26 | Resolución | 833 | 2006 | Asigna horas cátedra a docente para integrar la Comisión Intersectorial de Apoyo “SALUD EN LA ESCUELA”, en Cinco Saltos, de la Delegación AVO. |
25 | Resolución | 814 | 2006 | Asigna horas cátedras de Nivel Medio a los profesionales, Asistentes Sociales, que integran la Comisión Intersectorial de Apoyo “SALUD EN LA ESCUELA”, conformando los equipos de trabajo por Delegaciones Regionales: Valle Medio= Andina=AVE=Valle Inferior= Andina Sur=. |
24 | Resolución | 605 | 2006 | Designa los Delegados Regionales de representación gremial, para integrar la Comisión Intersectorial de Apoyo de “Salud en la Escuela”. Determina incorporar en el Anexo I de la Resolución Nº 2364/00 la Delegación Regional SUR en forma definitiva. |
23 | Resolución | 2879 | 2005 | Acepta la renuncia presentada por la Dra. Susana Frieyro al cargo de Coordinadora General del Departamento de Salud Laboral. |
22 | Resolución | 1861 | 2005 | Designa Coordinador Zonal del Departamento de Salud en la Escuela en la Delegación regional de Educación Zona Andina. |
21 | Resolución | 489 | 2005 | Ministerio de Educación - Designa al Dr. Francisco Buzzo Rozés en el cargo de Coordinador General de Salud en la Escuela, desde el 1/9/05. |
20 | Resolución | 417 | 2005 | Designa a la Dra. Susana Frieyro como Coordinadora General del Departamento de Salud Laboral, creado por Resolución 2364/00. |
19 | Ley | 25673 | 2002 |
Crea el Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable en el ámbito del Ministerio de Salud. Serán objetivos de este programa: a) Alcanzar para la población el nivel más elevado de salud sexual y procreación responsable con el fin de que pueda adoptar decisiones libres de discriminación, coacciones o violencia;b) Disminuir la morbimortalidad materno-infantil; c) Prevenir embarazos no deseados; d) Promover la salud sexual de los adolescentes; e) Contribuir a la prevención y detección precoz de enfermedades de transmisión sexual, de vih/sida y patologías genital y mamarias; f) Garantizar a toda la población el acceso a la información, orientación, métodos y prestaciones de servicios referidos a la salud sexual y procreación responsable;g) Potenciar la participación femenina en la toma de decisiones relativas a su salud sexual y procreación responsable. |
18 | Ley Nacional vinculada con Ley Nacional N°27706 | 25326 | 2000 | La presente ley tiene por objeto la protección integral de los datos personales asentados en archivos, registros, bancos de datos, u otros medios técnicos de tratamiento de datos, sean éstos públicos, o privados destinados a dar informes, para garantizar el derecho al honor y a la intimidad de las personas, así como también el acceso a la información que sobre las mismas se registre, de conformidad a lo establecido en el artículo 43, párrafo tercero de la Constitución Nacional. Las disposiciones de la presente ley también serán aplicables, en cuanto resulte pertinente, a los datos relativos a personas de existencia ideal. En ningún caso se podrán afectar la base de datos ni las fuentes de información periodísticas. |
17 | Resolución Modificado por Res. 605/06 | 2364 | 2000 | Crea el Departamento SALUD EN LA ESCUELA, organizado en dos divisiones, Salud Laboral y Salud Escolar. Deroga la Resolución 1273/00. |
16 | Resolución Anulada por Resoluc. 2364/00 | 1273 | 2000 | Crea el Departamento de Salud en la Escuela, bajo la dependencia del Cuerpo Colegiado del CPE. |
15 | Decreto provincial | 204 | 1999 | Decreto Nº 204/1999 - Firmado el 10/03/1999 - Gobernador Pablo VERANI Reformulación del Programa de Atención Escolar, se emite la Libreta de Sanidad Escolar. Carácter de la Norma: INTERES GENERAL Estado: Normal ( Vigente ) Firmado el 10/03/1999 Publicado en el Boletín Oficial N° 3691 del 05/07/1999 (Pág.: 2) Entrada en vigencia el 13/07/1999 Autor/es: PODER EJECUTIVO |