28 RÉGIMEN PREVISIONAL: Jubilaciones. Certificaciones
Tipo | Nº | Año | Descripción | |
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68 | Decreto Nac. | 478 | 1998 | Normas para la Evaluación, Calificación y Cuantificación del Grado de Invalidez de los Trabajadores Afiliados al mencionado Sistema. Anexo de evaluación. |
67 | Ley Derogada | 3239 | 1998 | 27-10-98/ Crea el Fondo Solidario de Asistencia a Desocupados con el aporte del 20% del menor haber de los agentes públicos que se encuentren percibiendo un haber previsional de cualquier régimen. Histórica - Abrogación expresa por ley 4035 |
66 | Decreto | 1804 | 1997 | Establece que los agentes inscriptos en el retiro voluntario - Decreto 7/97 ![]() |
65 | Decreto Anulada por Ley 4201 | 12 | 1997 | Modifica el artículo 1º,2º,4º,8º del Decreto - Ley 7/97 estableciendo el régimen de retiro voluntario, fijando como fecha el 22-8-97. |
64 | Decreto Ley | 14 | 1997 | Prorroga el plazo de retiro voluntario hasta 29-8-97 y determina quitar el carácter de previsional a los decretos 7, 8, 10 y 12/97. |
63 | Decreto Ley Anulada por Ley 4201 | 10 | 1997 | Prorroga el Decreto - Ley 7/97 hasta el 31 - 7 - 97, de retiro voluntario. |
62 | Decreto Ley Anulada por Ley 4201 | 8 | 1997 | Establece plazo del retiro voluntario, del Decreto 7/97, ![]() |
61 | Decreto Ley Anulada por Ley 4201 | 7 | 1997 | Establece régimen de retiro voluntario para agentes del Estado Provincial. |
60 | Decreto Nac. | 1287 | 1997 | La facultad conferida por el segundo párrafo del artículo 15 de la Ley N° 24.241 será ejercida por la autoridad superior de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL quien podrá delegar esta competencia mediante resolución fundada. La suspensión, revocación, modificación o sustitución de resoluciones otorgantes de prestaciones previsionales que estuvieren afectadas de nulidad absoluta resultante de hechos o actos fehacientemente probados, solo podrá ser dispuesta por acto fundado, previa notificación y emplazamiento del beneficiario por un plazo no inferior a los DIEZ (10) días. Las resoluciones que se dicten en los términos del segundo párrafo del artículo 15 de la Ley N° 24.241 agotaran la vía administrativa y serán susceptibles de impugnación judicial con arreglo a lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley N° 24.463. |
59 | Ley Anulada por Ley 4201 | 3146 | 1997 | Ratifica el decreto-ley nº 7/97 de fecha 19 de marzo de 1997, dictado por el Poder Ejecutivo en uso de las facultades conferidas por el artículo 181, inciso 6) de la Constitución Provincial, cuyo texto se transcribe en la Ley. Histórica- Abrogación expresa por ley 4201 |
58 | Ley Nacional Se adhiere a esta Ley por leyes N° 3467 y N° 4522 en Río Negro | 24901 | 1997 | Instituye por la presente ley un sistema de prestaciones básicas de atención integral a favor de las personas con discapacidad, contemplando acciones de prevención, asistencia, promoción y protección, con el objeto de brindarles una cobertura integral a sus necesidades y requerimientos.
Esta norma modifica o complementa a: http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verVinculos.do?modo=1&id=47677
Esta norma es complementada o modificada por: http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verVinculos.do?modo=2&id=47677
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57 | Nota Múltiple | 0 | 1997 | 19-3-97 sobre personal ingresante al sistema. Obtención del CUIL (clave única de identificación laboral) para el ingreso al régimen previsional. |
56 | Resolución | 218 | 1997 | Cons. Prov. Función Pública - Establece procedimientos para la continuidad de servicios del personal inscripto en el decreto 12/97 ![]() |
55 | Ley Anulada | 2990 | 1996 | Saneamiento financiero. Mantiene vigente art.6º del Decreto - Ley 1/92 con destino a la Unidad de Control Previsional (caja residual). histórica - Caducidad según Digesto Provincial, por Ley 4270 |
54 | Ley | 2988 | 1996 | Aprueba el Convenio de Transferencia de la Caja de Río Negro a la Nación. Deroga Leyes Previsionales. Función Pública: TEXTO DEFINITIVO, según ley 4270
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53 | Ley Derogada | 2985 | 1996 | Modifica artículos De la Ley 2502 Histórica - Caducidad según Digesto Provincial, por Ley 4270 |