21 LEY DE EDUCACIÓN NACIONAL-Ley Federal de Educación.Consejo Federal de Educación: Pacto. Responsabilidades jurisdiccionales. Comisión Federal de Educación a Distancia. Consejo Federal de Educación. Resoluciones.
Tipo | Nº | Año | Descripción | |
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224 | Resolución | 324 | 2017 | Consejo Federal de Educación Aprueba las modificaciones al "Sistema de Evaluación Nacional de la Calidad y Equidad Educativa", cuyos lineamientos generales integran, como anexo, la presente Resolución, modificando y complementando la Resolución CFE N° 280/16 y su anexo. Establece que a las cuatro áreas prioritarias de acción originalmente planteadas para la SECRETARÍA DE EVALUACIÓN EDUCATIVA DE LA NACIÓN (Aprender, Autoevaluación Institucional, Evaluación de Programas y Proyectos y Fortalecimiento Federal), se agregará el "dispositivo ENSEÑAR", cuyo propósito será aportar insumos para la formación docente a partir de evaluaciones e instrumentos de recolección de información a estudiantes, docentes y directores de Institutos de Formación Docente. |
223 | Resolución | 321 | 2017 | Consejo Federal de Educación Aprueba el Programa "Nexos. Articulación y Cooperación Educativa" que como anexo forma parte de la presente resolución. Los Ministerios de Educación Provinciales o sus equivalentes, en convenio con las Instituciones Universitarias, adoptarán diferentes procesos de trabajo en función de los contextos provinciales, considerando los antecedentes que se encuentren implementando y su pertenencia a cada Consejo Regional de Planificación de la Educación Superior (CPRES). NEXOS ha sido pensado como una estrategia de integración entre los distintos niveles y ámbitos del sistema educativo con el objetivo de impulsar una política pública que promueva un diagnóstico compartido y el diseño de un plan de trabajo común, sustentado en dos subprogramas de articulación: UNIVERSIDAD — ESCUELA SECUNDARIA y EDUCACIÓN SUPERIOR UNIVERSITARIA Y NO UNIVERSITARIA. |
222 | Decreto Nac. vincular con Resolución N°324/17 del CFE | 552 | 2016 | Sustituye del Anexo I al artículo 1° del Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios y complementarios —Organigrama de Aplicación de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL centralizada— el Apartado XXI, correspondiente al MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES, el que quedará conformado de acuerdo al detalle obrante en la Planilla Anexa al presente artículo, que forma parte integrante de este decreto. Incorpora al Anexo II al artículo 2° del Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios y complementarios —Objetivos— en el Apartado XXI, correspondiente al MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES, los Objetivos de la SECRETARÍA DE EVALUACIÓN EDUCATIVA dependiente del MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES, de conformidad con el detalle que se acompaña como Planilla Anexa al presente artículo y suprímense los correspondientes a la SUBSECRETARIA DE INNOVACION Y MEJORA DE LOS APRENDIZAJES de dicha Jurisdicción. Secretaría de Evaluación Educativa |
221 | Decreto Nac. | 223 | 2016 | Modifica el artículo 23 quater del Decreto Nacional N° 13/15 que dice: Art. 12. — Sustitúyese el artículo 23 quáter del Título V de la Ley de Ministerios (Ley N° 22.520, texto ordenado por Decreto N° 438/92, y sus modificatorias) por el siguiente: “ARTÍCULO 23 quáter.- Compete al MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES asistir al Presidente de la Nación y al Jefe de Gabinete de Ministros en orden a sus competencias, en todo lo inherente a la Educación y al Deporte, y en particular: Entender en la determinación de los objetivos y políticas del área de su competencia. Ejecutar los planes, programas y proyectos del área de su competencia elaborados conforme las directivas que imparta el PODER EJECUTIVO NACIONAL. Entender en la definición de políticas y estrategias educativas, considerando los procedimientos de participación y consulta establecidos en la Ley de Educación Nacional. Entender en el cumplimiento de los principios, fines, objetivos y previsiones establecidos en la normativa vigente para el Sistema Educativo Nacional a través de la planificación, ejecución, supervisión y evaluación de políticas, programas y resultados educativos. Entender en el fortalecimiento de las capacidades, planificación y gestión educativa de los gobiernos provinciales para el cumplimiento de las funciones propias y aquellas emanadas de la Ley de Educación Nacional. Entender en el desarrollo de programas de investigación, formación de formadores e innovación educativa, por iniciativa propia o en cooperación con las instituciones de Educación Superior y otros centros académicos. Entender en el funcionamiento del sistema educativo, contribuyendo con asistencia técnica y financiera a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Entender en los casos de emergencia educativa para brindar asistencia de carácter extraordinario en aquellas jurisdicciones en las que se encuentre en riesgo el derecho a la educación. Entender en la elaboración de normas generales sobre equivalencias de planes de estudios y diseños curriculares de las jurisdicciones y otorgar validez nacional a los títulos y certificaciones de estudios. Elaborar normas generales sobre revalidación, equivalencia y reconocimiento de títulos expedidos y de estudios realizados en el extranjero. Coordinar y gestionar la cooperación técnica y financiera internacional en el ámbito de su competencia y promover la integración en materia educativa. Entender en la formulación de políticas generales en materia universitaria, respetando el principio de autonomía consagrado para las instituciones universitarias. Entender en las acciones inherentes a la formulación de un sistema de Evaluación y Acreditación para la Educación Superior, universitaria y no universitaria. Intervenir en la formulación, gestación y negociación de tratados y convenios internacionales relativos a la educación, y entender en la aplicación de los tratados y convenios internacionales, leyes y reglamentos generales relativos a la materia.Entender en todo lo relativo a la promoción y desarrollo en el país de la actividad deportiva en todas sus formas. Entender como Autoridad de Aplicación en el establecimiento de las políticas, planes, programas, infraestructura y seguridad vinculados al fomento y al desarrollo integral del deporte a nivel local e internacional, en todas sus etapas y niveles de competencia y de recreación en todas sus formas y modalidades en coordinación con los organismos nacionales, provinciales, municipales e instituciones privadas”. |
220 | Decreto Nac. | 57 | 2016 | Aprueba la conformación organizativa del MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES de acuerdo con el Organigrama que como Anexo I forma parte integrante del presente decreto. |
219 | Documento base | 1 | 2016 | Declaración de Purmamarca, Ministros de Educación. Consejo Federal de Educación. |
218 | Resolución | 285 | 2016 | Consejo Federal de Educación Aprueba el PLAN ESTRATÉGICO NACIONAL 2016-2021 “ARGENTINA ENSEÑA Y APRENDE” que, como anexo, forma parte integrante de la presente medida. El MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES DE LA NACIÓN y las máximas autoridades educativas jurisdiccionales acordarán metas a alcanzar en 2018 y 2021 las que serán formalizadas en un convenio bilateral de compromiso. Anualmente, se elaborarán planes operativos para el logro de los objetivos nacionales y metas acordadas, en función de las normativas vigentes y las necesidades y realidades de las Jurisdicciones. |
217 | Resolución | 284 | 2016 | Consejo Federal de Educación Crea la Red Federal de Mejora de los Aprendizajes en el ámbito de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN Y CALIDAD EDUCATIVA del MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES DE LA NACIÓN. Aprueba los objetivos y lineamientos de la Red Federal de Mejora de los Aprendizajes, que como Anexo I forman parte integrante de la presente Resolución. Establece que la SECRETARIA DE INNOVACIÓN Y CALIDAD EDUCATIVA del MINISTERIO DE EDUCACION Y DEPORTES DE LA NACION, en articulación con las jurisdicciones, tendrá a su cargo la administración y gestión de la Red Federal de Mejora de los Aprendizajes. |
216 | Resolución Modificado por Resolución N324/17 del CFE | 280 | 2016 | Consejo Federal de Educación Aprueba la implementación del “Sistema de Evaluación Nacional de la Calidad y Equidad Educativa”, cuyos lineamientos generales integran, como anexo, la presente resolución. Determina que a partir del año 2016, el operativo nacional de evaluación de aprendizajes se denominará APRENDER y se realizará con carácter anual en todo el país; siendo obligatoria con suspensión de clases la participación de los estudiantes alcanzados por el mismo de acuerdo a los lineamientos establecidos en el documento que, como anexo, integra la presente resolución. |
215 | Acuerdo Marco | 1 | 2015 | Consejo Federal de Educación En relación con el tema de la publicidad de los datos referidos a diferentes evaluaciones y estadísticas educativas, la 63° Asamblea del Consejo Federal de Educación hace público el documento adjunto: Declaración N° 01. |
214 | Decreto Nac. | 140 | 2015 | Aprueba la reglamentación del Capítulo VIII, Educación, de la LEY DE EJECUCIÓN DE LA PENA PRIVATIVA DE LA LIBERTAD, N° 24.660 —texto según la LEY N° 26.695 — que como Anexo I forma parte integrante del presente Decreto. El MINISTERIO DE EDUCACIÓN será la autoridad de aplicación de las obligaciones en materia educativa del ESTADO NACIONAL previstas en el Capítulo VIII de la Ley N° 24.660, (texto según la Ley N° 26.695), en coordinación con el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS. |
213 | Decreto Nac. Modificado por Decreto Nacional N° 223/16 | 13 | 2015 | ARTÍCULO 23 quáter.- Compete al MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES asistir al Presidente de la Nación y al Jefe de Gabinete de Ministros en orden a sus competencias, en todo lo inherente a la Educación, de conformidad a lo establecido por las Leyes Nros. 24.195, 24.521, el Pacto Federal Educativo (Ley N° 24.856) y a las demás leyes y reglamentaciones vigentes y que se dicten en consecuencia, y al Deporte, y en particular: 1. Entender en la determinación de los objetivos y políticas del área de su competencia. 2. Ejecutar los planes, programas y proyectos del área de su competencia elaborados conforme las directivas que imparta el PODER EJECUTIVO NACIONAL. 3. Entender en la definición de los objetivos de la política educativa concertados en el seno del Consejo Federal de Educación y dentro del marco de los principios establecidos en la Ley Federal de Educación. 4. Entender en acuerdo con el Consejo Federal de Educación en el establecimiento de los objetivos y Contenidos Básicos Comunes de las currículas de los distintos niveles, ciclos y regímenes especiales de enseñanza, garantizando la unidad del Sistema Educativo Nacional. 5. Entender en la formulación de políticas compensatorias y programas nacionales de cooperación técnica y financiera que promuevan la calidad y la equidad en el desarrollo de la educación en todo el ámbito de la Nación. 6. Entender en el desarrollo y administración de la Red Federal de Formación Docente Continua para garantizar la calidad, profesionalidad y pertinencia en la formación de los docentes dependientes de las distintas jurisdicciones. 7. Entender en la elaboración y aplicación del Sistema Nacional Integrado de Información y Evaluación de la Calidad Educativa. 8. Entender en una adecuada federalización del sistema educativo brindando a tal efecto la asistencia técnica que requieran las provincias y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 9. Entender en la formulación de políticas generales para el desarrollo y coordinación del Sistema de Educación Superior, universitario y no universitario. 10. Intervenir en la definición de los criterios de asignación de recursos financieros del Estado Nacional destinados a las Universidades Nacionales. 11. Entender en la creación y operación de fondos para la mejora de la calidad en las Universidades Nacionales. 12. Entender en la creación de nuevas instituciones universitarias y en la fiscalización de las instituciones universitarias de gestión privada. 13. Entender en las acciones inherentes a la formulación de un sistema de Evaluación y Acreditación para la Educación Superior, universitaria y no universitaria. 14. Entender en la determinación de la validez nacional de estudios y títulos, en la habilitación de títulos profesionales con validez nacional, así como en el reconocimiento de títulos expedidos en el extranjero. 15. Intervenir en la formulación y gestación de convenios internacionales de integración educativa de carácter bilateral o multilateral. 16. Intervenir en la negociación de tratados y convenios internacionales relativos a la educación, y entender en la aplicación de los tratados y convenios internacionales, leyes y reglamentos generales relativos a la materia. 17. Coordinar la cooperación internacional en el ámbito de su competencia. 18. Entender en todo lo relativo a la promoción y desarrollo en el país de la actividad deportiva en todas sus formas. 19. Intervenir como Autoridad de Aplicación en el establecimiento de las políticas, planes, programas, infraestructura y seguridad vinculados al fomento y al desarrollo integral del deporte a nivel local e internacional, en todas sus etapas y niveles de competencia y de recreación en todas sus formas y modalidades en coordinación con los organismos nacionales, provinciales municipales e instituciones privadas. |
212 | Ley Nacional | 27204 | 2015 | Sustituye los artículos 1°,2°, 7°, 50°,58° y 59°de la ley 24.521 , de educación superior. Incorpora los artículos 2° bis y 59° bis. |
211 | Resolución se relaciona con Leyes provincial N° 4448 y 5115 | 270 | 2015 | Consejo Federal de Educación Reafirma el compromiso de las máximas autoridades educativas de la República Argentina, reunidas en este organismo, de fortalecer las acciones de articulación e información relativas al “Registro y Red de Docentes Sancionados” cuya cabecera federal se encuentra en la Secretaría General de este organismo (Resolución 71/97 del CFCyE. La máxima autoridad educativa de cada jurisdicción informará a la Secretaría General de este Consejo Federal en un plazo máximo de quince (15) días los datos del referente jurisdiccional responsable, de rango no inferior a Director provincial, que articulará las acciones relativas para la integración y actualización permanente del registro. Los datos incorporados al “Registro y Red de Docentes Sancionados” caducarán en el plazo previsto por las leyes vigentes. |
210 | Resolución | 269 | 2015 | Consejo Federal de Educación Formaliza la creación de la Red Nacional de Educación y Memoria a través de la designación de un referente de cada jurisdicción, cuya coordinación estará a cargo del Programa Educación y Memoria del Ministerio de Educación de la Nación, con el objeto de abordar líneas de acción tales como: desarrollo curricular, capacitación docente, producción de materiales educativos, elaboración de proyectos y planes de trabajo, impulsar convocatorias a estudiantes, etc. Reafirma que la educación en la memoria, en tanto política de Estado, se constituye como un aporte fundamental para construir una sociedad justa, profundizar el ejercicio de la democracia, la defensa de la soberanía, el respeto por los derechos humanos, la construcción colectiva de la memoria, la verdad y la justicia. |
209 | Resolución | 268 | 2015 | Consejo Federal de Educación Aprueba los marcos de referencia para las orientaciones de la Educación Secundaria en Literatura; Matemática y Física; y Educación, que como ANEXO I, ANEXO II y ANEXO III forman parte de la presente medida y las modificaciones a los marcos de referencia para las orientaciones en Agrario/Agro y Ambiente y Turismo, que como ANEXO IV y ANEXO V forman parte de la presente medida. |