36 TÍTULOS: Competencia. Clasificación. Certificados. Comisión de Títulos
Tipo | Nº | Año | Descripción | |
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189 | Resolución Modificado por resolución N° 1964/13 | 2018 | 2011 |
DEJA SIN EFECTO las incumbencias establecidas por las Resoluciones Nº 553/94, Nº 1632/98, Nº 1844/98, Nº 1846/98, Nº 1665/00, Nº 666/00, Nº 1667/00, Nº 668/00, Nº 1669/00, Nº 1672/00 y Nº 2158/03. UNIFICA, a partir de la presente, en un solo código del manual Informático (actualmente el 1478) los títulos de Licenciados en Biología/ Biólogos, con su distintas orientaciones y modalidades. DETERMINA, a partir de la fecha, las incumbencias, para los títulos de Licenciados en Biología/ Biólogos, que figuran en el ANEXO I de la presente. |
188 | Resolución | 1259 | 2011 | DEJA SIN EFECTO la denominación de la carrera “Profesor de Tercer Ciclo de la EGB y Educación Polimodal en Historia” y del titulo a emitir según lo obrante en la Resolución Nº 2878/2009 del Consejo Provincial de Educación. ESTABLECE que la denominación de la carrera, a partir de la cohorte 2009, será: “Profesorado de Educación Secundaria en Historia”, y el título a otorgar: “Profesor de Educación Secundaria en Historia”. |
187 | Resolución | 508 | 2011 | Ministerio de Educación de la Nación- Modifica la Resolución Ministerial Nº 1412, de fecha 22 de septiembre de 2008, reemplazando los ANEXOS I, II y lII, por los Anexos que se adjuntan a la presente, respecto a CONTENIDOS CURRICULARES BASICOS PARA LAS CARRERAS DE GEOLOGIA, LICENCIATURA EN GEOLOGIA Y LICENCIATURA EN CIENCIAS GEOLOGICAS. |
186 | Resolución | 462 | 2011 | Ministerio de Educación de la Nación- Establece que las ofertas universitarias que correspondan a títulos incorporados al régimen previsto en el artículo 43 de la Ley Nº 24.521 y se dicten en articulación con Instituciones del Nivel Superior deberán someterse a los procesos de acreditación a efectos del reconocimiento oficial y consecuente validez nacional. Los requisitos que deben cumplir las carreras a las que alude el artículo 1º de la presente resolución a los efectos de los trámites de acreditación y reconocimiento oficial de títulos se incorporan como Anexo de la presente. |
185 | Resolución Anulada ANULADA POR RESOLUCIÓN N° 2023/11 | 304 | 2011 |
ESTABLECE las competencias de los títulos para cubrir los Espacios Curriculares del Ciclo Orientado de la Transformación de la Educación Secundaria Rionegrina, para cuarto año, por orientación y espacio curricular, de acuerdo a los Anexos I, II, III, IV y V, y que forman parte de la presente. |
184 | Resolución | 3235 | 2010 | PRORROGA hasta el 31 de Diciembre de 2011 el relevo de funciones de la docente GALDEANO, Mónica Liliana en los cargos y establecimientos que se indican, para cumplir funciones en la Comisión de Análisis y Estudio de Títulos, en los términos y condiciones de la Resolución Nº 2929/89. |
183 | Resolución | 3086 | 2010 | RELEVA en sus funciones, a partir del 01 de enero y hasta el 31 de diciembre de 2011, a la Profesora BUKSTEIN, Roxana para desempeñarse en la Comisión de Estudios y Análisis de Títulos, en los términos y condiciones de la Resolución Nº 2929/89. ASIGNA desde el 01 de enero y hasta el 31 de Diciembre de 2011, seis (6) horas cátedra de nivel medio. |
182 | Resolución | 2720 | 2010 | RELEVAR de sus funciones desde el 23 de noviembre de 2010 y hasta el 31 del mismo año a la docente GALDEANO, Mónica Liliana (CUIL Nº 27-18119244-0), para cumplir funciones en la Comisión de Análisis y Estudio de Títulos, en los términos y condiciones de la Resolución Nº 2929/89. |
181 | Resolución Anulada por Resolución N° 277/12 | 2719 | 2010 |
ESTABLECE, a partir de la presente, que los Profesores de Enseñanza Primaria o sus Equivalentes sólo podrán inscribirse, en el Nivel Secundario, en una Asignatura o Espacio Curricular y en 2 (dos) cargos, de acuerdo a las incumbencias otorgadas por el Manual de Títulos vigente. DETERMINA que en la opción de inscripción los docentes deberán respetar los espacios curriculares establecidos por Resolución Nº 235/08. |
180 | Resolución | 2558 | 2010 | INCLUYE en el Manual de Títulos para el Ejercicio de la Docencia en la Provincia de Río Negro, los títulos que se detallan. ESTABLECE, y madifica en el Manual de Títulos, para los títulos incorporados las incumbencias que se detallan en el ANEXO I y II de la presente.
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179 | Resolución Modificado por Resolución N° 1962/13 | 2557 | 2010 |
APRUEBA, a partir de la presente, el reordenamiento y unificación de los códigos de los títulos de profesores de Matemática, de acuerdo a lo Establecido en el Anexo I de la presente. DETERMINA, a partir de la fecha, las incumbencias para los títulos de profesores de Matemática que se detallan en el Anexo II de la presente. |
178 | Resolución Modificado Resolución N° 277/12, deja sin efecto el Artículo 5° de la presente Resolución y por Resolución N°1890/13;1892/13;1897/13;1902/13;1904/13;1905/13; 1906/13; 1916/13; 1919/13 | 2556 | 2010 |
INCLUIR a partir de la presente, en el Manual de Títulos para ejercer la Docencia en la Provincia de Río Negro, los Títulos de “PROFESOR EN CIENCIAS TECNOLÓGICAS” emitido por el Instituto Terciario “SÉNECA” de la ciudad de Cipolletti y de “PROFESOR EN INFORMÁTICA PARA EL 3º CICLO DE LA EGB, POLIMODAL/ NIVEL MEDIO O EQUIVALENTE Y SUPERIOR”, emitido por el Instituto Privado CONSUDEC “SEPTIMIO WALSH”. ESTABLECE que los títulos de Profesores en Tecnología (cualquiera sea su denominación), llevarán un único código del manual informático (actualmente el 3828) con las incumbencias que figuran en el ANEXO I de la presente Resolución. DEJA SIN EFECTO las incumbencias determinadas por las Juntas de Clasificación y por las Resoluciones Nº 1666/00, Nº 1668/00, Nº 1664/00 y Nº 1643/00, respectivamente, para los títulos incluidos en el Artículo 1º de la presente y las incumbencias de los títulos de Nivel Medio que integran el Manual de Títulos para el ejercicio de la Docencia en la Provincia de Río Negro y ajusta los alcances de los títulos mencionados a lo establecido en las Resoluciones Nº 2731/09 y Nº 322/10, además de otras consideraciones. |
177 | Resolución | 1446 | 2010 |
INCLUYE, a partir de la presente, en el Manual de Títulos para el Ejercicio de la Docencia en la Provincia de Río Negro, los títulos de: PROFESOR EN DISCIPLINAS INDUSTRIALES EN CONCURRENCIA CON EL TÍTULO DE LICENCIADO EN TECNOLOGÍA DE LOS ALIMENTOS y el de TÉCNICO UNIVERSITARIO EN LOGÍSTICA. Incluye y modifica incumbencias para diversos títulos. |
176 | Resolución | 1373 | 2010 | Ministerio de Educación de Nación- Establece que a partir de la cohorte 2013, el inicio del trámite regulado por la Resolución Ministerial Nº 2170/08 para solicitar la validez nacional de los títulos y certificaciones que emitan las instituciones de gestión estatal creadas y de gestión privada reconocidas por las autoridades educativas nacionales, provinciales y de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, correspondiente a los estudios presenciales de Formación Docente de todos los niveles y modalidades previstos por la Ley Nº 26.206, deberá efectuarse ante la DIRECCION DE VALIDEZ NACIONAL DE TITULOS Y ESTUDIOS antes del 31 de julio del año inmediato anterior al inicio de la cohorte cuya validez nacional de títulos y certificaciones se pretenda. Extiende los plazos de inicio del trámite para las cohortes 2011 y 2012, hasta el 31 de diciembre de 2010 y 31 de diciembre de 2011 respectivamente. |
175 | Resolución Anulada por Resolución N° 277/12 | 1277 | 2010 |
ESTABLECE que los aspirantes inscriptos en los listados de Interinatos y Suplencias emitidos por la Junta de Clasificación para la Enseñanza Secundaria, que se encuentren cursando el Profesorado implementado por Resolución Nº 1236/10, mantendrán la misma valoración de título mientras conserven la condición de alumno regular. DETERMINA, la aplicación parcial de la Resolución Nº 2731/09 en las condiciones establecidas. |
174 | Resolución Anulada por Resolución N° 124/10 del Consejo Federal de Educación - Aclaración por Resolución N° 3465/11.Anulada por Resolución n° 1521/24 | 1170 | 2010 | DEJA SIN EFECTO la Resolución Nº 1386/97 del Consejo Provincial de Educación, sobre normas de confección y control de Certificados Analíticos de Nivel Superior, la Resolución Nº 2152/08 del Consejo Provincial de Educación, sobre Reglamento para la confección y control de Certificados Analíticos de Nivel Medio y Post-Primarios, y el Anexo V de la Resolución N° 747/07 del Consejo Provincial de Educación, sobre la implementación Postítulo. ESTABLECE para la Provincia de Río Negro el nuevo Formulario aprobado por Resolución Nº 59/08 del Consejo Federal de Educación, el que se emitirá para todos los alumnos que hayan egresado del Nivel Medio y Superior; a través del Legajo Unico del Alumno aquellos establecimientos que lo posean, o a través del Programa de Nación para los Establecimientos que aún no tienen instalado el LUA. APRUEBA a partir de la fecha el REGLAMENTO PARA LA CONFECCIÓN Y CONTROL DE CERTIFICADOS ANALÍTICOS de Nivel Medio y Post-Primario, Nivel Superior y Postítulos Docentes que figura en los Anexos que forman parte de la presente: ANEXO I: Consideraciones Generales - ANEXO II: Cronograma e instrucciones - ANEXO III: Modelos de Formularios y Certificados Analíticos - ESTABLECE que el nuevo Sistema de Títulos y Analíticos con Resguardo Documental será de aplicación para los alumnos que egresen o completen estudios a partir del año 2009, como así también para los que tramitan Duplicados, Triplicados, etc. |