20 LEYES NACIONALES: Generales y Educativas
Tipo | Nº | Año | Descripción | |
---|---|---|---|---|
171 | Ley | 26548 | 2009 | Ámbito funcional: El Banco Nacional de Datos Genéticos creado por la Ley 23.511 funcionará como organismo autónomo y autárquico dentro de la órbita del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva. Objeto: Constituye el objeto del Banco Nacional de Datos Genéticos garantizar la obtención, almacenamiento y análisis de la información genética que sea necesaria como prueba para el esclarecimiento de delitos de lesa humanidad cuya ejecución se haya iniciado en el ámbito del Estado nacional hasta el 10 de diciembre de 1983, y que permita: a) La búsqueda e identificación de hijos y/o hijas de personas desaparecidas, que hubiesen sido secuestrados junto a sus padres o hubiesen nacido durante el cautiverio de sus madres; b) Auxiliar a la justicia y/o a organizaciones gubernamentales y no gubernamentales especializadas en la materia objeto de esta ley en la identificación genética de los restos de personas víctimas de desaparición forzada. |
170 | Ley Reglamentada por Decreto Nacional N° 1225/10 | 26522 | 2009 | Decreto 1467/09 - 10-10-2009. SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL- El objeto de la presente ley es la regulación de los servicios de comunicación audiovisual en todo el ámbito territorial de la República Argentina y el desarrollo de mecanismos destinados a la promoción, desconcentración y fomento de la competencia con fines de abaratamiento, democratización1 y universalización del aprovechamiento de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación. Quedan comprendidas en las disposiciones de esta ley todas las emisiones que tengan su origen en el territorio nacional, así como las generadas en el exterior cuando sean retransmitidas o distribuidas en él. |
169 | Ley Nacional Modificado por Ley Nacional N° 27196- Reglamentada por Dec. Nacional N° 218/23 | 26588 | 2009 | Declara de interés nacional la atención médica, la investigación clínica y epidemiológica, la capacitación profesional en la detección temprana, diagnóstico y tratamiento de la enfermedad celíaca, su difusión y el acceso a los alimentos libres de gluten. |
168 | Ley Nacional | 26554 | 2009 | Prorroga los plazos establecidos en la Ley Nº 26.160 en relación con la declaración de la emergencia en materia de posesión y propiedad de las tierras tradicionalmente ocupadas por comunidades indígenas originarias |
167 | Ley Nacional | 26548 | 2009 |
Ámbito funcional: El Banco Nacional de Datos Genéticos creado por la Ley 23.511 funcionará como organismo autónomo y autárquico dentro de la órbita del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva. Objeto: Constituye el objeto del Banco Nacional de Datos Genéticos garantizar la obtención, almacenamiento y análisis de la información genética que sea necesaria como prueba para el esclarecimiento de delitos de lesa humanidad cuya ejecución se haya iniciado en el ámbito del Estado nacional hasta el 10 de diciembre de 1983, y que permita: a) La búsqueda e identificación de hijos y/o hijas de personas desaparecidas, que hubiesen sido secuestrados junto a sus padres o hubiesen nacido durante el cautiverio de sus madres; b) Auxiliar a la justicia y/o a organizaciones gubernamentales y no gubernamentales especializadas en la materia objeto de esta ley en la identificación genética de los restos de personas víctimas de desaparición forzada. |
166 | Ley Nacional vinculada a Ley Nacional N° 27706 | 26529 | 2009 | El ejercicio de los derechos del paciente, en cuanto a la autonomía de la voluntad, la información y la documentación clínica, se rige por la presente ley. — Derechos del paciente. Constituyen derechos esenciales en la relación entre el paciente y el o los profesionales de la salud, el o los agentes del seguro de salud, y cualquier efector de que se trate, los siguientes: asistencia, trato digno y respetuoso, intimidad, confidencialidad, autonomía de la voluntad, información sanitaria e interconsulta médica. |
165 | Ley Nacional | 26486 | 2009 | Aprueba la enmienda a la convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer. Aprueba la enmienda al párrafo 1 del artículo 20 de la convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, adoptada en la VIII reunión de los estados partes el 22 de mayo de 1995, cuya fotocopia autenticada forma parte de la presente ley. |
164 | Ley Nacional Modificado Reglamentada por Decreto Nacional N° 1011/10. ampliada por Ley Nacional 27410- Ley RN N°4650- Incorporaciones con leyes N° 27501 y 27533. Vinculado al Decreto Nacional N° 744/21- Modificada por Ley Nacional 27736 (2023) | 26485 | 2009 | Ley de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales. Contiene temas sobre: derechos de la mujer-violencia contra la mujer-discriminación de la mujer-consejo nacional de la mujer-observatorio de la violencia contra las mujeres. Establece que las disposiciones de la presente ley son de orden público y de aplicación en todo el territorio de la república, con excepción de las disposiciones de carácter procesal establecidas en el capítulo II del título III de la presente. TEXTO ACTUALIZADO AL AÑO 2019 Y NORMATIVAS COMPLEMENTARIAS AL MES DE DICIEMBRE DE 2021
TEXTO ACTUALIZADO AL AÑO 2023 (OCTUBRE) Y NORMATIVAS COMPLEMENTARIAS - |
163 | Ley Nacional | 26480 | 2009 |
Incorpora como inciso d) del artículo 39 de la Ley Nº 24.901 el siguiente: d) Asistencia domiciliaria: Por indicación exclusiva del equipo interdisciplinario perteneciente o contratado por las entidades obligadas, las personas con discapacidad recibirán los apoyos brindados por un asistente domiciliario |
162 | Resolución | 825 | 2009 |
Resolución Conjunta con la Número 338-2009, entre el Ministerio de Trabajo y de Educación de la Nación. La presente resolución y las normas complementarias que en su consecuencia se dicten, reglamentan la Ley Nº 26.427 de Creación del Sistema de Pasantías Educativas. |
161 | Ley | 26445 | 2008 | Aprueba el PROTOCOLO ADICIONAL AL "CONVENIO DE COOPERACION EDUCATIVA ENTRE LA REPUBLICA ARGENTINA Y LA REPUBLICA DE CUBA" DEL 25 DE NOVIEMBRE DE 1998, RELATIVO AL RECONOCIMIENTO MUTUO DE CERTIFICADOS, TITULOS Y GRADOS ACADEMICOS DE EDUCACION SUPERIOR, suscripto en Buenos Aires el 22 de junio de 2007, que consta de NUEVE (9) artículos, cuya fotocopia autenticada, forma parte de la presente ley. |
160 | Ley Reglamentada por Resolución Conjunta Números entre 825-2009 y 338-2009 de los Ministerios de Trabajo | 26427 | 2008 | Crea el Sistema de Pasantías Educativas en el marco del sistema educativo nacional para los estudiantes de la Educación Superior (Capítulo V, Ley 26.206) y la Educación Permanente de Jóvenes y Adultos (Capítulo IX, Ley 26.206) y de la Formación Profesional (Capítulo III, Ley 26.058), en todos los casos para personas mayores de DIECIOCHO (18) años a cumplirse en empresas y organismos públicos, o empresas privadas con personería jurídica, con excepción de las empresas de servicios eventuales aun cuando adopten la forma de cooperativas. Se entiende como "pasantía educativa" al conjunto de actividades formativas que realicen los estudiantes en empresas y organismos públicos, o empresas privadas con personería jurídica, sustantivamente relacionado con la propuesta curricular de los estudios cursados en unidades educativas, que se reconoce como experiencia de alto valor pedagógico, sin carácter obligatorio. Deroga la Ley 25.165 -Ley de Pasantías Educativas-, el artículo 2º de la Ley 25.013 -Ley de Reforma Laboral-, el Decreto 340/92, el Decreto 93/95, y sus normas reglamentarias y complementarias, y el artículo 7º del Decreto 487/2000 . |
159 | Ley | 26390 | 2008 | La presente ley alcanzará el trabajo de las personas menores de dieciocho (18) años en todas sus formas. Se eleva la edad mínima de admisión al empleo a dieciséis (16) años en los términos de la presente. Queda prohibido el trabajo de las personas menores de dieciséis (16) años en todas sus formas, exista o no relación de empleo contractual, y sea éste remunerado o no. Toda ley, convenio colectivo o cualquier otra fuente normativa que establezca una edad mínima de admisión al empleo distinta a la fijada en el segundo párrafo, se considerará a ese solo efecto modificada por esta norma. La inspección del trabajo deberá ejercer las funciones conducentes al cumplimiento de dicha prohibición. |
158 | Ley | 26378 | 2008 | Apruébase la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su protocolo facultativo, aprobados mediante resolución de la Asamblea General de Naciones Unidas A/ RES/ 61/ 106, el día 13 de diciembre de 2006. Ambos instrumentos jurídicos forman parte del presente como “Anexo 1” y “Anexo 2” respectivamente. |
157 | Ley | 26369 | 2008 | Incorpora con carácter obligatorio como práctica rutinaria de control y prevención la realización del examen de detección del estreptococo Grupo B Agalactiae, a todas las embarazadas con edad gestacional entre las semanas 35 y 37, presenten o no condiciones de riesgo. |
156 | Ley Nacional vinculada a Resolución N°28-18/2010 de ANSES | 26475 | 2008 | Son sujetos de la presente ley todos aquellos funcionarios que se hubieren desempeñado como Presidente de la Nación, Ministros, Secretarios y Subsecretarios de Estado, en organismos centralizados y en entidades descentralizadas de la administración pública nacional durante el llamado “Proceso de Reorganización Nacional”, comprendido entre los años 1976 y 1983. A los efectos de esta ley, decláranse extinguidos los beneficios obtenidos en reconocimiento de los cargos y/o funciones descriptos en el artículo anterior y que hayan sido otorgados al amparo de regímenes o leyes especiales. |