33 SALARIOS: Estructura. Sistema de liquidaciones: Antigüedad. Asignaciones Familiares. Nomenclador de cargos. Ubicación. Zona desfavorable- Cargas horarias-
Tipo | Nº | Año | Descripción | |
---|---|---|---|---|
39 | Resolución | 490 | 1993 | Establece que la ayuda inicial docente será liquidada únicamente al personal docente que se encuentre en ejercicio efectivo en el tramo de ejecución, frente a curso. Establece procedimientos de liquidación según casos. |
38 | Resolución Modificado por Resolución N°3866/98 | 470 | 1993 | Consejo Provincial de Educación – Instruye a la Dirección de Liquidaciones a realizar el descuento correspondiente a los días no trabajados por el personal docente que se haya adherido al paro dispuesto por UnTER y no haya justificado su inasistencia. Establece pautas para su descuento. |
37 | Resolución Relacionada con Resolución N° 3866/98 del CPE | 460 | 1993 | Subsecretaría de Trabajo de Río Negro - Ordena al Consejo Provincial de Educación que la liquidación de haberes de los docentes de Nivel Medio por días de huelga se realice tomando el divisor 30 como base para el descuento, no correspondiendo hacerlo por los días hábiles del mes. Se debe ajustar a la Resolución 151/93 de la Subsecretaría de Trabajo. |
36 | Resolución | 272 | 1993 | ESTABLECE a partir del 08 de marzo de 1993 y hasta nuevo aviso la remisión con periodicidad semanal de la información de inasistencias injustificadas o no prestación de servicios del personal docente de todos los establecimientos educativos y dependencias del Consejo Provincial de Educación sin perjuicio de la remisión de la información que se realza habitualmente en forma mensual. APRUEBA la planilla que como Anexo I forma parte integrante de la presente resolución. RESPONSABILIZA por omisiones, incorrecciones, falseamientos y demoras en que se incurra a los directores de los establecimientos, supervisiones y responsables de dependencias del Consejo Provincial de Educación. ESTABLECE que el incumplimiento del artículo 1º, dará lugar al descuento automático de la totalidad de los días y obligaciones del personal que compone la planta a informar. |
35 | Resolución conciliación- Forma de descuento- | 151 | 1993 | Subsecretaría de Trabajo- Dicta la conciliación obligatoria en el conflicto existente entre la Un.T.E.R. y el Consejo Provincial de Educación, en los términos del artículo 56, 65, 66 y concordantes de la Ley 1820 (T.O.), hasta el día viernes 23 de Abril, en el marco del acuerdo a la adhesión de la Ley 23929 y de la instrumentación y la discusión de la Paritaria Provincial. |
34 | Decreto | 2141 | 1992 | Fija un adicional no remunerativo por Ayuda Inicial Docente del 30% del Salario Básico del Maestro de Ciclo, para los docentes en actividad al frente de curso, el que se hará efectivo con la liquidación correspondiente al mes de Marzo de cada año y por cargo que desempeñe. |
33 | Decreto Modificado por s 2077/92; 9/93; 2099/94 | 1095 | 1992 | Nomenclador de cargos. Acumulación de cargos y cargas horarias para cada cargo. Determinación del Punto de cada cargo en seis etapas. |
32 | Decreto | 477 | 1992 | Establece desde el 1-1-92 complemento no remunerativo y no bonificable a autoridades superiores. |
31 | Ley Anulada por Ley 4059 | 2531 | 1992 | Modifica el Artículo 13ª de la Ley 2448 estableciendo el criterio de la compensación por movilidad. Histórica- Abrogación expresa por ley 4059 . |
30 | Resolución Modificado Modificado por Decreto N° 9/93 | 2077 | 1992 | Sustituye planilla anexa I del decreto 1095/92 - Nomenclador de Cargos, incorporando miembro de Junta y Supervisor Jefe. |
29 | Resolución | 1080 | 1992 | Artículo 32º. Establece liquidación de salarios Proporcional de sueldo con el tiempo trabajado. Corresponde al ARTÍCULO 36 del Texto Ordenado de la Resolución 100/95. |
28 | Ley Modificado Título I modificado por ley 2485 y por ley N° 2531. Anulado Capítulo III por ley 4059. | 2448 | 1991 | Emergencia Previsional. Función Pública: TEXTO DEFINITIVO, según ley 4270 y 4312 Digesto Provincia de Río Negro (Año 2007). Fusión LEY 3824 Emergencia Previsional. EN SALARIOS: Otorga el beneficio de compensación por movilidad al personal docente del Sistema Educativo Rionegrino, comprendido por los establecimientos de gestión pública, en los niveles inicial, primario, medio, terciario y servicio de apoyo técnico.
En Movilidad: Título III -Art.12 a 16 - Compensación por movilidad. Deroga Ley 2354 De emergencia económica. Capitulo III, de Movilidad Docente. |
27 | Resolución | 2958 | 1991 | Determina que el personal suplente no cesa al término del período escolar. Establece procedimiento de liquidación de haberes para ese personal suplente. . |
26 | Resolución | 2792 | 1991 | Planilla para clasificar establecimientos por ubicación, teniendo en cuenta aspectos permanentes, semipermanentes e incidentales. |
25 | Resolución | 1645 | 1991 | Asignación no remunerativa para cargos Directivos de Nivel Medio. Se realiza la equivalencia con 30 horas cátedras. |
24 | Resolución Anulada Por Resoluc. 124/06 | 2320 | 1990 | No cómputo de inasistencias por cobro de haberes en bancos alejados del lugar de trabajo. |