33 SALARIOS: Estructura. Sistema de liquidaciones: Antigüedad. Asignaciones Familiares. Nomenclador de cargos. Ubicación. Zona desfavorable- Cargas horarias-

Héctor L. Roncallo – Legislación Educativa de Río Negro
TipoAñoDescripción
39Resolución 4901993

Establece  que la ayuda inicial docente será liquidada únicamente al personal docente que se encuentre en ejercicio efectivo en el tramo de ejecución, frente a curso. Establece procedimientos de liquidación según casos.

38Resolución Modificado por Resolución N°3866/98 4701993

Consejo Provincial de Educación – Instruye a la Dirección  de Liquidaciones a realizar el descuento correspondiente a los días no trabajados por el personal docente que se haya adherido al paro dispuesto por UnTER y no haya justificado su inasistencia. Establece pautas para su descuento.

37Resolución Relacionada con Resolución N° 3866/98 del CPE 4601993

Subsecretaría de Trabajo de Río Negro - Ordena al Consejo Provincial de Educación que la liquidación de haberes de los docentes de Nivel Medio por días de huelga se realice tomando el divisor 30 como base para el descuento, no correspondiendo hacerlo por los días hábiles del mes. Se debe ajustar a la Resolución 151/93 de la Subsecretaría de Trabajo.

36Resolución 2721993

ESTABLECE a partir del 08 de marzo de 1993 y hasta nuevo aviso la remisión con periodicidad semanal de la información de inasistencias injustificadas o no prestación de servicios del personal docente de todos los establecimientos educativos y dependencias del Consejo Provincial de Educación sin perjuicio de la remisión de la información que se realza habitualmente en forma mensual. APRUEBA  la planilla que como Anexo I forma parte integrante de la presente resolución.  RESPONSABILIZA por omisiones, incorrecciones, falseamientos y demoras en que se incurra a los directores de los establecimientos, supervisiones y responsables de dependencias del Consejo Provincial de Educación.

ESTABLECE que el incumplimiento del artículo 1º, dará lugar al descuento automático de la totalidad de los días y obligaciones del personal que compone la planta a informar.

35Resolución conciliación- Forma de descuento- 1511993

Subsecretaría de Trabajo- Dicta la conciliación obligatoria en el conflicto existente entre la Un.T.E.R. y el Consejo Provincial de Educación, en los términos del artículo 56, 65, 66 y concordantes de la Ley 1820 Buscar ley (T.O.), hasta el día viernes 23 de Abril, en el marco del acuerdo a la adhesión de la Ley 23929 Buscar ley y de la instrumentación y la discusión de la Paritaria Provincial.

34Decreto 21411992

Fija un adicional no remunerativo por Ayuda Inicial Docente del 30% del Salario Básico del Maestro de Ciclo, para los docentes en actividad al frente de curso, el que se hará efectivo con la liquidación correspondiente al mes de Marzo de cada año y por cargo que desempeñe.

33Decreto Modificado por s 2077/92; 9/93; 2099/94 10951992Nomenclador de cargos. Acumulación de cargos y cargas horarias para cada cargo. Determinación del Punto de cada cargo en seis etapas.
32Decreto 4771992Establece desde el 1-1-92 complemento no remunerativo y no bonificable a autoridades superiores.
31Ley Anulada por Ley 4059 25311992

Modifica el Artículo 13ª de la Ley 2448 Buscar ley estableciendo el criterio de la compensación por movilidad.

Histórica- Abrogación expresa por ley 4059 Buscar ley.

30Resolución Modificado Modificado por Decreto N° 9/93 20771992

Sustituye planilla anexa I del decreto 1095/92 Buscar ley- Nomenclador de Cargos, incorporando miembro de Junta y Supervisor Jefe.

29Resolución 10801992

Artículo 32º. Establece liquidación de salarios  Proporcional  de sueldo con  el tiempo trabajado. Corresponde al ARTÍCULO 36 del Texto Ordenado de la Resolución 100/95.

28Ley Modificado Título I modificado por ley 2485 y por ley N° 2531. Anulado Capítulo III por ley 4059. 24481991

Emergencia Previsional.

Función Pública:

TEXTO DEFINITIVO, según ley 4270 Buscar ley y 4312 Digesto Provincia de Río Negro (Año 2007). Fusión LEY 3824 Buscar ley

Emergencia Previsional.

EN SALARIOS: Otorga  el beneficio de compensación por movilidad  al personal docente del Sistema Educativo Rionegrino,  comprendido  por los establecimientos de  gestión pública,  en los  niveles inicial,  primario,  medio,  terciario y servicio de apoyo técnico.

 

En Movilidad: Título III -Art.12 a 16 - Compensación por movilidad. Deroga Ley 2354 Buscar ley 

De emergencia económica. Capitulo III, de Movilidad Docente.

27Resolución 29581991

Determina que el personal suplente no cesa al término del período escolar. Establece procedimiento de liquidación de haberes para ese personal suplente.  .

26Resolución 27921991Planilla para clasificar establecimientos por ubicación, teniendo en cuenta aspectos permanentes, semipermanentes e incidentales.
25Resolución 16451991Asignación no remunerativa para cargos Directivos de Nivel Medio. Se realiza la equivalencia con 30 horas cátedras.
24Resolución Anulada Por Resoluc. 124/06 23201990

No cómputo de inasistencias por cobro de haberes en bancos alejados del lugar de trabajo.

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