10.9 NIVEL SECUNDARIO: Normas generales
Tipo | Nº | Año | Descripción | |
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251 | Resolución | 4058 | 2024 | APRUEBA, la implementación del Bachillerato Libre de Adultos (BLA) establecido por Resolución Nº3266/86, destinado específicamente a los/as estudiantes inscriptos en las diferentes propuestas de formación profesional brindadas por la sede Viedma del CIFIC., a partir del mes de marzo del presente ciclo 2024, finalizando en el mes de diciembre del año 2025.- |
250 | Resolución | 3689 | 2024 | DEJA SIN EFECTO el Anexo IV de la Resolución Nº 3608/19, donde se establecieron los códigos de los espacios curriculares vigentes en las ESRN. RECTIFICA del Anexo III de la Resolución Nº 2846/2024, los espacios curriculares de la ESRN Especializada en Arte Audiovisual con Orientación En Medios Audiovisuales, según se detalla a continuación. |
249 | Resolución | 3678 | 2024 | CONVOCA a Concurso de Ascenso de Cargos Intermedios de Educación Secundaria 1ero y 2do Llamado, que se realizará bajo la modalidad de Título y Antecedentes, según el Artículo 100º del Estatuto del Docente. ESTABLECE que los cargos que se afectarán a dicho Concurso son Secretarios, Jefe de Preceptores, Jefe de Sección de Escuela Técnica, Jefe General de Enseñanza Práctica de Escuela Técnica y Coordinador de Escuelas Agrarias. ESTABLECE, que oportunamente se determinará el procedimiento, cronograma de las asambleas, su modalidad, fecha, sedes y horarios. |
248 | Resolución | 3301 | 2024 | APRUEBA, la implementación de 3 (tres) comisiones para el Bachillerato Libre de Adultos (BLA) establecido por Resolución Nº 3266/86, destinado a trabajadores/as vinculados/as a la Seccional de la UTHGRA, con sede en la localidad de San Carlos de Bariloche. |
247 | Resolución Modificado por Resolucion N° 3689/24 | 2846 | 2024 | DEJA SIN EFECTO las Resoluciones Nº 3028/19 y 3625/19, donde seestablecieron los códigos de los espacios curriculares vigentes en las ESRN queposeen más de una orientación. ESTABLECE los códigos de los espacios curriculares vigentes en las ESRN que poseen una orientación según se detallan en el Anexo I de la presente Resolución,los códigos de los espacios curriculares vigentes en las ESRN queposeen más de una orientación según se detallan en el Anexo II de la presenteresolución, y los códigos de los espacios curriculares vigentes en las ESRN Especializadas según se detallan en el Anexo III de la presente Resolución. |
246 | Resolución | 1520 | 2024 | DEJA SIN EFECTO en todos sus términos, las Resoluciones Nº 2419/21 y 3261/21. DETERMINA, en todo el ámbito provincial, la legalización/ certificación de firmas y registro de títulos, según se detalla en la normativa en el cuadro correspondiente. Que, a partir de lo expuesto, funcionarán en paralelo múltiples formas de legalización/ certificación de firmas o registro jurisdiccional, según la procedencia, el año de emisión del título y la finalidad del trámite. |
245 | Resolución | 479 | 2024 | VALIDEZ NACIONAL DE TÍTULOS – CFE- Establece que a partir del 1° de enero de 2025 (Serie 2025), la emisión de los títulos y certificados correspondientes a estudios completos de educación secundaria y de educación superior, ofrecidos por las instituciones educativas de todo el país, deberá utilizar como condiciones de cursada los/as alumnos/as las que se detallas en el anexo de la presente Resolución. Las Jurisdicciones podrán solicitar, por razones estrictamente fundadas, una razonable prórroga de implementación, la que deberá ser acordada con la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE LA NACIÓN. |
244 | Resolución | 471 | 2024 | CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN Aprobar el documento: “Compromiso Federal por la Alfabetización – Plan Nacional de Alfabetización” que, como anexo I, forma parte de la presente medida. PLAN NACIONAL DE LAS PROVINCIAS: #mce_temp_url#
Plan Jurisdiccional de ALFABETIZACIÓN DE RÍO NEGRO – ANEXO: |
243 | Acuerdo Marco | 3 | 2023 | Ante el pedido de la Gremial de cumplimiento de lo que establece la Resolución N° 5534/04, carga horaria de preceptores, la gubernamental responde:
“En cuanto a la dedicación horaria de los y las preceptores/as y a los efectos de facilitar la generación de consensos, la Gubernamental accede a lo solicitado por el Gremio en relación a que los/as Preceptores/as de ESRN y CET cumplan una carga horaria de 4 hs. Reloj, quedando el cuerpo de preceptores/as de cada Institución a disposición de la organización Institucional que establezcan los equipos directivos de cada establecimiento a los efectos de garantizar la presencia de los/as preceptores/as en los momentos de ingreso, salida y durante la jornada escolar”.
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242 | Ley | 5650 | 2023 | Se incorpora en el diseño curricular educativo de todos los niveles de la Provincia de Río Negro, un eje educativo vinculado a la protección de los derechos de los animales; el cuidado responsable de perros y gatos; el conocimiento de las enfermedades zoonóticas; las prácticas de prevención de las mismas y esterilización quirúrgica como único método para el control del crecimiento poblacional, adecuando los contenidos conforme a cada uno de los niveles educativos.
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241 | Resolución | 7497 | 2023 | DEJA SIN EFECTO, en todos sus términos, la Resolución Nº 2284/10 y toda otra normativa que se oponga a la presente. APRUEBA a partir del Ciclo Lectivo 2024, el Reglamento de Equivalencias que como Anexo I forma parte de la presente Resolución. ESTABLECE que la movilidad de las y los estudiantes podrá realizarse entre distintas Instituciones o dentro de la misma institución educativa entre diferentes modalidades, planes u orientaciones a excepción de los ingresos solicitados al Ciclo Superior de la modalidad Técnico Profesional. DETERMINA que las y los estudiantes podrán solicitar pase aun encontrándose en tránsito en el último año de su plan de estudiosy que los requisitos de pase seguirán rigiéndose según la Resolución N° 59/08 del CFE y Nº 1170/10 del CPE. Observar que la Resolución N°1170/10 fue anulada por Resolución 1521/24 |
240 | Resolución | 440 | 2023 | Consejo Federal de Educación
Establece que a partir del 1° de noviembre de 2023, la emisión de los títulos y certificados correspondientes a estudios completos de educación secundaria y de educación superior, ofrecidos por las instituciones educativas de todo el país, se realizará en forma digital de acuerdo con los diseños, formatos, plazos y procedimientos que se establezcan para el Sistema Federal de Títulos a esos efectos, en el marco de la implementación del Sistema Integral de Información Digital Educativa (SInIDE). A los fines establecidos en el ARTÍCULO 1° de la presente, el MINISTERIO DE EDUCACIÓN DE LA NACIÓN desarrollará un aplicativo informático para la emisión digital de títulos y certificaciones educativas, que podrá ser utilizado por las jurisdicciones que no cuenten con un desarrollo digital propio y que se articulará con los distintos sistemas jurisdiccionales que ya se encuentran implementados o en etapa de implementación. Crea el REGISTRO FEDERAL DE EGRESADOS (ReFE), en el ámbito de la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN del MINISTERIO DE EDUCACIÓN DE LA NACIÓN, que tendrá por objeto consolidar una base de datos que contenga el universo completo de las/ los estudiantes egresadas / os a partir de la implementación de la emisión digital de títulos y certificaciones educativas. A fin de unificar los sitios de legalización, certificación y confronte de autenticidad de la documentación educativa, correspondiente a los niveles de educación secundaria y de educación superior, el ReFE se ofrecerá al público en general para su consulta en el mismo sitio donde se aloja el Registro Nacional de Firmas Educativas Jurisdiccionales (ReNaFEJu). |
239 | Ley | 5591 | 2022 | Se incorpora en los diseños curriculares de los niveles inicial, primario y secundario el aprendizaje de la Lengua de Señas Argentina (LSA), como una herramienta idiomática clave para facilitar la equidad, la inclusión, el respeto por el otro y la diversidad lingüística y cultural. Es autoridad de aplicación de la presente el Ministerio de Educación y Derechos Humanos. |
238 | Ley Vinculada a la Constitución Nacional y de Río Negro y Ley N° 4136 | 5587 | 2022 | La Provincia de Río Negro adhiere a la ley nacional nº 27505, que instituye la ceremonia escolar de Promesa de Lealtad a la Constitución Nacional, en los términos y con el alcance aquí previstos. Jura de la Constitución Provincial. Se instituye la ceremonia escolar de Promesa de Lealtad a la Constitución de la Provincia de Río Negro. Ceremonia conjunta. Los alumnos que cursen el último año de la Educación General Obligatoria, realizarán –en forma conjunta- las ceremonias escolares de jura el primer día hábil siguiente al 1º de mayo de cada año. |
237 | Ley | 5582 | 2022 | La presente ley tiene por objeto promover la enseñanza de la Lengua de Señas Argentina (LSA) en las instituciones que imparten educación formal en todo el territorio de la Provincia de Río Negro. |
236 | Resolución | 4382 | 2022 | DEJA SIN EFECTO los Artículos 2° y 3° de la Resolución Nº 1487/22, Res. Nº 5453/21, Artículo 2º de la Res. Nº 5263/21, Res. Nº 1713/21 y complementaria Res. Nº 4116/21, Res. Nº 1629/21, Res. Nº 2317/21, Res. Nº 3821/21 y complementaria Res. Nº 4418/21, Res. Nº 3822/21 y complementaria Res. Nº 4760/21, Res. Nº 4715/21, Res. Nº 3975/21, Res. Nº 4269/21, Artículos 1º y 2º de la Res. Nº 4294/21, y toda norma que se oponga a la presente resolución. APRUEBA a partir de la presente, el PROTOCOLO “Cuidarnos Escuelas Seguras”, para todos los Niveles y Modalidades de Gestión Pública y Privada, del Sistema Educativo de la Provincia de Río Negro, que como Anexo I se adjunta a la presente. |