10.8.1 Nivel Primario - Educación Básica de Adultos
Tipo | Nº | Año | Descripción | |
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45 | Resolución | 1873 | 2018 | APRUEBA la Norma Jurisdiccional del Programa “ESPACIOS DE EXPRESIÓN PARA EL APRENDIZAJE EN EDUCACIÓN PRIMARIA”, que como Anexo I forma parte integral de la presente, en el marco de la resolución N° 1404/18 del programa “Más Tiempo para Aprender” y el Protocolo para la Elaboración de los Proyectos Socioeducativos E.E.P.A.E.P y los criterios de evaluación de los mismos que como Anexo II forma parte integrante de la presente. APRUEBA el marco de referencia de perfiles y carga horaria de Programa “ESPACIOS DE EXPRESIÓN PARA EL APRENDIZAJE EN EDUCACIÓN PRIMARIA” según detalla el Anexo III de la presente resolución. FINANCIA las designaciones de la línea de acción “ESPACIOS DE EXPRESIÓN PARA EL APRENDIZAJE EN EDUCACIÓN PRIMARIA” a través del Programa Nº 29 de gestión educativa, en un todo de acuerdo con la Rs CEF N° 318/17. |
44 | Resolución Modificado por Resolución N°3215/18 | 1753 | 2018 | APRUEBA, a partir del Ciclo Lectivo 2018, la implementación de la presente Normativa Regulatoria de los Talleres Laborales dependientes de las Escuelas de Educación Básica de Adultos de la provincia de Río Negro. A partir del Ciclo Lectivo 2018, que todos los Talleres Laborales vigentes, dependientes de las Escuelas de Educación Básica de Adultos, quedarán sujetos a la implementación de la presente normativa. La duración de los proyectos de capacitación laboral será de un (1) año como máximo, con 10 horas cátedra semanales para todos los Talleres Laborales que se ofrezcan en las Escuelas de Educación Básica de Adultos. Los proyectos de Talleres Laborales presentados ante la Dirección de Educación Técnica, de Jóvenes y Adultos y Formación Profesional y aprobados por Resolución del Consejo Provincial de Educación, pertenecen a las Escuelas de Educación Básica de Adultos y forman parte del Proyecto Educativo Institucional. La organización curricular y de funcionamiento de los Talleres Laborales dependientes de las Escuelas de Educación Básica de Adultos como Anexo I, forma parte de la presente Resolución. El Anexo II que forma parte de la presente Resolución, en el cual se establece el perfil de los/as estudiantes de los Talleres Laborales y los requisitos de inscripción. Los criterios de evaluación, acreditación y certificación de Talleres Laborales dependientes de las Escuelas de Educación Básica de Adultos son los especificados en el Anexo III de la presente Resolución. A partir del Ciclo Lectivo 2018, el dispositivo de designación de Cargos de Maestros/as Especiales para los Talleres Laborales dependientes de las Escuelas de Educación Básica de Adultos que se estable en el Anexo IV de la presente Resolución. A partir del Ciclo Lectivo 2018, las funciones específicas de los/as Maestros/as Especiales para los Talleres Laborales dependientes de las Escuelas de Educación Básica de Adultos, se establecen en el Anexo V de la presente Resolución. Certificado de los Talleres Anexo VI. |
43 | Resolución | 1404 | 2018 | APRUEBA, a partir del 01/01/2018, el Programa ¨Más Tiempo para Aprender¨, destinado a escuelas de Educación Primaria y de Educación Secundaria, en el marco de las políticas provinciales de ampliación de la jornada escolar. El Anexo I que contiene los lineamientos prioritarios del Programa Más tiempo para aprender. |
42 | Resolución | 343 | 2018 | Consejo Federal de Educación Aprueba el documento “Núcleos de aprendizaje prioritarios para Educación Digital, Programación y Robótica” (en adelante NAP), que como anexo I forma parte integrante de la presente Resolución. Acuerda que las Jurisdicciones llevarán adelante la implementación de los NAP y su inclusión en sus documentos curriculares conforme lo establecido en el artículo 88 de la ley de educación Nacional N°26206, adoptando diferentes estrategias y considerando las particularidades de sus contextos, necesidades, realidades y políticas educativas en función de los lineamientos contenidos en el Anexo II. Aplicación en los Niveles Inicial, Primario y Secundario |
41 | Ley | 5230 | 2017 | Se sustituye en forma integral el texto de la ley nº 4986 , el que queda redactado de acuerdo al texto de la presente ley, y se establece en todo el territorio provincial las políticas para el uso responsable de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) y el cuidado frente al delito de ciberacoso o grooming previsto en el artículo 131 del Código Penal. |
40 | Resolución | 318 | 2017 | Consejo Federal de Educación Aprueba el documento Acuerdos Federales para la Extensión de la Jornada Escolar: “La escuela sale del aula” que como anexo forma parte de la presente resolución. Acuerda que cada jurisdicción definirá su propuesta de ampliación de la jornada escolar tanto para la escuela primaria como para la escuela secundaria, entendida como un instrumento de gestión que integra y articula las normas y las prácticas institucionales, que regulan las trayectorias escolares integrales, continuas y completas de los niños/as y jóvenes. Las jurisdicciones podrán adoptar diferentes procesos de trabajo en función de los contextos provinciales, considerando los antecedentes que se encuentren implementando. Acuerda que el MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES DE LA NACIÓN a través de las áreas de competencia, dispondrá el acompañamiento y la asistencia técnica y financiera a las jurisdicciones que así lo requieran para el cumplimiento de la presente resolución. La SECRETARÍA DE GESTIÓN EDUCATIVA y las máximas autoridades educativas jurisdiccionales llevarán adelante los acuerdos pertinentes a estos fines. |
39 | Ley | 5171 | 2016 | Se modifica el artículo 6º de la ley S nº 2942, el que queda redactado de la siguiente manera: “ Artículo 6º.- El Consejo Provincial de Educación instrumenta la implementación de la Educación Vial, como temática a tratar en la enseñanza de los niveles inicial y primario, incorporando su obligatoriedad en la currícula de educación secundaria, con el fin de que al egresar de la misma el estudiante tenga conocimientos claros sobre reglas de tránsito, derechos del transeúnte y del ciclista, influencia del consumo de alcohol y estupefacientes en la prevención de accidentes, consecuencias trágicas de una conducción insegura, la responsabilidad penal y civil por accidentes viales, entre otros”. |
38 | Ley Modificado por ley 5230 y por Ley Provincial N° 5553 | 4986 | 2014 | Crea en el territorio de la Provincia de Río Negro, en el ámbito del Ministerio de Educación y Derechos Humanos, el “Programa Provincial de Información, Concientización y Prevención del Grooming” (ciberacoso), en estrecha relación con la ley de Educación Nacional n° 26206, la ley Orgánica de Educación de Río Negro F n° 4819, la ley Nacional de Protección Integral de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes n° 26061, la ley Provincial D n° 4109, la ley del Programa Nacional de Educación Sexual Integral n° 26150 y la Convención Internacional de Derechos de Niños. |
37 | Resolución | 2783 | 2014 | ADHIERE e IMPLEMENTA, “PROYECTO PARA LA PREVENCION DEL ABANDONO ESCOLAR”, aprobado mediante Resolución Nº 727/09 del Ministerio de Educación de la Nación. DECLARA de Interés Educativo al programa nacional “PROYECTO PARA LA PREVENCION DEL ABANDONO ESCOLAR”, destinada a todas las Instituciones Educativas Públicas Estatales, de todos los niveles y modalidades (Adultos y Especial), debiéndose conformar la Mesa Socioeducativa para la Prevención del Abandono Escolar. CONVOCA a las Instituciones Educativas Públicas Estatales de todos los niveles y modalidades que decidan participa del Programa Prevención del Abandono Escolar, a la presentación de PROYECTOS SOCIO EDUCATIVOS PARA LA PREVENCION DEL ABANDONO ESCOLAR, como fundamento para el trabajo territorial desde los ámbitos de las Mesas Socioeducativas, donde serán: evaluados, planificados y ejecutados con financiamiento de acuerdo a lo establecido por el Programa Nacional. GARANTIZA la participación en los encuentros provinciales y nacionales del Programa Prevención del Abandono Escolar a todos los referentes institucionales de cada jurisdicción. ENCUADRA el desarrollo del Programa Prevención del Abandono Escolar como actividades educativas de los Directores, Docentes y Alumnos Parlamentarios de las Instituciones Educativas de todos los niveles y modalidades correspondientes a todas las jurisdicciones de la provincia |
36 | Resolución | 2500 | 2014 | APRUEBA el Reglamento General de Escuelas que se constituye como el instrumento de la Ley N° 4819 conforme a sus principios, y estableciendo criterios generales en función del cumplimiento de sus metas educativas, que como ANEXO I forma parte de la presente Resolución. El presente Reglamento General de Escuelas establece los criterios y lineamientos generales que orientarán el funcionamiento pedagógico y administrativo de todas las escuelas rionegrinas de la provincia de todos los niveles y modalidades. El mismo será la base sobre la cual se elaborarán las reglamentaciones específicas de todos los niveles y modalidades del sistema. La Secretaría de Educación generará un proceso de debate y recepcionará los aportes a través de las Supervisiones y Direcciones Escolares, que realicen las instituciones, docentes, estudiantes y familias para la redacción de un Reglamento Escolar Básico Específico. El Consejo Provincial de Educación será el encargado de la elaboración de todas las Resoluciones necesarias que complementen la presente. |
35 | Resolución Aplicada por Resolución 827/15 del CPE | 1973 | 2014 | APRUEBA los lineamientos generales del “PROGRAMA: POLITICA DE MEJORAMIENTO DE LAS CONDICIONES DE ENSEÑANZA Y EL APRENDIZAJE EN LA ESCUELA PRIMARIA” que como Anexo I forma parte de la presente Resolución y diferentes planes de orden Nacional. Se concreta con docentes contratados como tutores. DETERMINA que todos los ciclos de formación docente y capacitación involucrados en los programas de los ANEXOS II al VII de la presente, están comprendidos en el COMPONENTE II “Destinatarios Específicos” del PROGRAMA DE FORMACIÓN PERMANENTE “Nuevos desafíos educativos, nuevos entornos para la formación docente continua” - ANEXO II - de la Resolución Nº 3521/13. |
34 | Resolución Aplicada por Resolución 827/15 del CPE | 188 | 2012 |
Consejo Federal de Educación Aprueba el “Plan Nacional de Educación Obligatoria y Formación Docente 2012 – 2016”, que como anexo forma parte integrante de la presente medida. Prólogo.
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33 | Resolución | 174 | 2012 |
Consejo Federal de EDucación Aprueba el documento: “Pautas federales para el mejoramiento de la enseñanza y el aprendizaje y las trayectorias escolares, en el nivel inicial, nivel primario y modalidades, y su regulación”, que como Anexo I, forma parte de la presente resolución. |
32 | Resolución Modificado Resolución Ratificada por Resolución N° 548/13. Modificada por Resolución N° 1170/13. Artículo 10° rectificado por Resolución N° 2519/14. | 3438 | 2011 |
DEROGA las Resoluciones Nº 1331/90; 855/93; 405/95; 106/96; 1081/96; 1845/96; 192/97; 1226/03 y el artículo 4º de la Resolución Nº 1713/97. Aprueba a partir de la presente, los Lineamientos para la Inclusión de los alumno/as con discapacidad en Establecimientos Educativos de Nivel Inicial, Primario y Medio que como Anexo I forman parte de la presente resolución. DEROGA en la Resolución Nº 364/92 “Perfil de Prestación de la Educación Especial” lo referente a las Misiones y Funciones del Maestro Integrador. Establece condiciones de inclusión, trayectorias escolares, promoción y certificación. |
31 | Resolución | 118 | 2010 |
Consejo Federal de Educación – Aprueba los documentos “Educación Permanente de Jóvenes y Adultos – Documento Base” y “Lineamientos curriculares para la Educación Permanente de Jóvenes y Adultos”, que como ANEXO I y ANEXO II, respectivamente, forman parte de la presente resolución. Las autoridades educativas nacionales y jurisdiccionales en acuerdo federal, implementarán en forma gradual y progresiva medidas conducentes para la puesta en vigencia al año 2013 del ingreso con 18 años de edad a las instituciones educativas de la modalidad. Conforme, a lo explicitado, los servicios educativos de nivel primario y secundario de la educación obligatoria dependientes de las jurisdicciones, pondrán en vigencia planes y programas para la inclusión efectiva de la población estudiantil comprendida entre 14 y 17 años, en los niveles correspondientes, al año 2013. CULO 4º.- Acuerda que el CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN, establecerá la duración de la Educación Primaria y la Educación Secundaria para jóvenes y adultos y las regulaciones que garanticen ofertas educativas que permitan el reconocimiento y acreditación de las trayectorias de los alumnos de la EPJA y cuya pertinencia asegure la validez nacional de las certificaciones y títulos. Los lineamientos curriculares aprobados en el artículo 1º de la presente resolución, constituyen el núcleo común de definiciones federales sobre el que las jurisdicciones diseñarán y/o adecuarán sus planes de estudio en un plazo no mayor a 3 (tres) años. |
30 | Ley | 4447 | 2009 |
El Ministerio de Educación, la Subsecretaría de Derechos Humanos de la Provincia de Río Negro y los medios de comunicación con participación del Estado provincial, deben arbitrar los mecanismos necesarios para garantizar la grabación y posterior archivo del desarrollo íntegro de los juicios por crímenes contra la humanidad, en trámite por ante la Justicia Federal de la región del Comahue, ocurridos en el período 1976–1983. Las reproducciones quedan a disposición de quienes las soliciten en las respectivas áreas, las que deben conceder las copias que correspondan. El Ministerio de Educación debe remitir copia de las grabaciones de estos juicios a las escuelas de la provincia, incorporando en los programas de estudio, el análisis de los juicios por los crímenes contra la humanidad ocurridos en el período 1976-1983 que tramitaron en la región del Comahue.
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