10. 11.2 Planes de Estudio: PROGRAMAS Provinciales y Nacionales
Tipo | Nº | Año | Descripción | |
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19 | Resolución Modificado por Resolución N° 673/12 - EPJyA- | 445 | 2012 |
DEJA SIN EFECTO la Resolución Nº 1211/11 y sus Anexos I y II que “crea espacios de cuidado y recreación en los establecimientos educativos de Nivel Medio – modalidad Jóvenes y Adultos”. CREA Centros Infantiles para los/las niños/niñas que deban concurrir con sus padres/madres a los establecimientos educativos de Nivel Secundario de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos en un todo de acuerdo con el Anexo I de la presente, cuando la institución educativa lo solicite y cuente con lugares físicos para implementarlo. DETERMINA que la edad de los /las niños /niñas que concurran a los Centros Infantiles, será desde un (1) año cumplido hasta los ocho (8) años de edad, salvo que un caso debidamente fundado se requiera asistencia más temprana o más tardía. CREA la figura de Equipo de Coordinación del Centro Infantil, a cargo del cuidado de los/las niños/niñas equivalente a un (1) cargo de Maestro de Grado de Escuela Primaria Común y un (1) cargo de Maestro de Sección de Nivel Inicial de acuerdo a la normativa vigente. CREA la figura de Auxiliar de Cuidado, quien acompañará a los Equipos de Coordinación a cargo del Centro Infantil, equivalente al cargo de Preceptor de Jardín Maternal de acuerdo a la normativa vigente. |
18 | Resolución Derogada Por Resolución 703/13, se suprimen los cargos de Maestro/a de Fortalecimiento de Trayectorias Escolares. Por Resolución n° 4483/15 | 3042 | 2011 |
APRUEBA el Proyecto “Fortalecimiento de las Trayectorias Escolares para el Nivel Primario”, que como Anexo I forman parte de la presente. CREA los cargos de Maestro/a de Fortalecimiento de las trayectorias Escolares en los Establecimientos que cumplen con las condiciones establecidas en el Proyecto aprobado en el artículo 1º y que figuran en el Anexo II de la presente.- CONDICIONES QUE DEBE REUNIR: Se designara el cargo, en orden de prelación, a saber: _ Maestro/ a de Grado Titular de la institución. _ Maestro/a de Grado Interino. _ Maestro/a de Grado Suplente. PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN: · El Supervisor y el Equipo Directivo establecerán quienes son los docentes que reúnen las condiciones para ocupar el cargo. · Los docentes y el Equipo Escolar seleccionarán uno entre aquellos que reúnan las condiciones y esté interesados. Cuando la institución funciona en ambos turnos se podrá seleccionar uno para cada turno. La cantidad de docentes seleccionados dependerá del número de secciones que tenga en cada turno. · La institución dejará sentado todo el procedimiento de selección realizado en acta. · La designación será hasta el 31 de diciembre de cada año, enmarcada en el presente Proyecto y por Disposición interna de la Supervisión correspondiente. |
17 | Resolución | 2674 | 2011 |
ASIGNA hasta el 31 de diciembre de 2011, horas cátedra de Nivel Medio, a los profesores que se detallan a continuación, para cumplir la función de Coordinadores de bandas en el marco del Programa “Suena Música”. |
16 | Resolución | 2673 | 2011 |
INCORPORA a la grilla de instituciones que forman parte del Programa “Suena Música” que se detalla en el Anexo II de la Resolución N° 2364/11, a la Escuela Primaria Nº 5 y el CEM Nº 22, ambos establecimientos de la localidad de Guardia Mitre. |
15 | Resolución | 2403 | 2011 |
CREA el cargo de Referente Institucional TICs, en los términos de la Resolución Nº 21/07, con una carga horaria correspondiente al turno escolar completo y equivalencia presupuestaria de 1250 puntos ( Decreto 1095/92 ) en los Establecimientos de Nivel Medio que se detallan en el Anexo I de la presente. ESTABLECE que a partir de la presente norma, y previo al inicio del proceso de convocatoria, selección de proyectos y designaciones correspondientes las Instituciones involucradas, a través de las Supervisiones Escolares, deberán remitir a la Unidad Técnica de TICS de la Dirección General de Programación Educativa los proyectos institucionales para inclusión de las TICs actualizados. DETERMINA que la cobertura de estos cargos deberá realizarse de acuerdo al procedimiento definido por la Resolución 21/07. |
14 | Resolución | 2370 | 2011 |
ASIGNA a partir del 24 de agosto y hasta el 31 de diciembre de 2011, horas cátedra de Nivel Medio, a los/as profesores/as que se detallan a continuación, para cumplir la función de Coordinadores de bandas en el marco del Programa “Suena Música”. |
13 | Resolución Anulada Suena Música- por Resolución N° 1385/12 | 2364 | 2011 |
APRUEBA el Programa “Suena Música”, del Ministerio de Educación, destinado a los alumnos de las Escuelas Secundarias Rionegrinas, Residencias Estudiantiles de Nivel Medio, Escuelas de Formación Laboral y Cooperativa, Escuelas de Educación Especial, Escuelas de Jornada Extendida, Escuelas Rurales y Sedes del CEM Rural en Entorno Virtual, que como Anexo I forma parte de la presente. ESTABLECE que los Establecimientos Educativos que se detallan en el Anexo II y que se encuentran incorporados al programa “Suena Música”, contarán con los instrumentos musicales, de acuerdo al tipo de banda conformada, que se detalla en el Anexo III de la Resolución. ESTABLECE que será el Ministerio de Educación quién financiará los gastos inherentes al desarrollo del programa. |
12 | Resolución Acompañamiento Primer Año- Relacionada con Resoluciones N° 16/07, 375/07 y 561/08; 962/09; 818/10, 823/10 | 1494 | 2011 |
LIMITA, a partir del Ciclo escolar 2011, la implementación del Programa de Acompañamiento al Alumno de Primer Año, en los Centros de Educación Media - Plan de Estudios Res. Nº 783/81, por los considerandos expuestos. AUTORIZA la continuidad del “Programa de Acompañamiento al Alumno de Primer año “como experiencia educativa para el Ciclo Escolar 2011 para los Centros de Educación Técnica que adhirieron y evaluaron el programa durante el ciclo lectivo 2010, según consta en el Anexo I de la presente norma. |
11 | Resolución Anulada Relacionada con Leyes N° 3691 y 4566- Anulada por Resolución N° 445/12 | 1211 | 2011 |
CREA Espacios de Cuidado y Recreación para los/las niños/niñas que deban concurrir con sus padres/madres/tutores a los establecimientos educativos de Nivel Medio-Modalidad Jóvenes y Adultos en un todo de acuerdo con el Anexo I de la presente, cuando la institución educativa lo solicite y cuente con lugares físicos para implementarlo. La edad de los /las niños /niñas que concurran a los Espacios de Cuidado y Recreación, será desde un (1) año cumplido hasta los ocho (8) años de edad, salvo que un caso debidamente fundado requiera asistencia más temprana. CREA la figura de Referente a cargo del cuidado y recreación de los/las niños/niñas equivalente a 1.100 puntos de acuerdo al Decreto 1095/92, con una carga horaria de cinco (5) horas reloj diarias y la figura de Auxiliar de cuidado, quien acompañará al Referente a cargo del cuidado y recreación de los/las niños/niñas, equivalente a 740 puntos de acuerdo al Decreto 1095/92, tal lo establecido en el Anexo II. |
10 | Resolución | 1116 | 2011 |
ASIGNA, horas cátedra de Nivel Medio, como Coordinador de Banda de Escuelas Secundarias, al profesor que se detallan a continuación, en el marco del Programa “Suena Música”. |
9 | Resolución | 420 | 2011 |
APRUEBA el Proyecto “Kiosco saludable” destinado a los alumnos de la Delegación Regional de Educación Andina, que como Anexo I forma parte integrante de la presente. |
8 | Resolución Derogada CAI- por Resolución N° 661/12 | 1992 | 2010 |
RATIFICA el Convenio Marco de los Centros de Actividades Infantiles (CAI) y APRUEBA la Normativa Jurisdiccional del Proyecto “Centros de Actividades Infantiles” (CAI) expresada en el Anexo I de la presente. DESIGNA el equipo jurisdiccional responsable de la implementación y evaluación del Proyecto.
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7 | Resolución Acompañamiento Primer Año- Relacionada con Resoluciones N° 16/07, 375/07 y 561/08; 962/09; 818/10 | 823 | 2010 |
RECTIFICA en el Anexo I de la Resolución 818/10 lo siguiente:
DONDE DICE: ANDINA III - CET N° 3. – DEBE DECIR: ANDINA III - CET N° 2. |
6 | Resolución Acompañamiento Primer Año- Relacionada con Resoluciones N° 16/07, 375/07 y 561/08; 962/09 | 818 | 2010 |
APRUEBA la continuidad del “Programa de Acompañamiento al Alumno de Primer Año” como experiencia educativa para el ciclo lectivo 2010, para los Centros de Educación Técnica que hayan participado del programa en el ciclo lectivo 2009, según listado que consta en el Anexo I. APRUEBA además como experiencia educativa el “Programa de Acompañamiento al Alumno de Primer Año” en los Centros de Educación Media – plan de estudio 783/81”, según fundamentación que consta en Anexo II de la presente Resolución. DETERMINA que para la implementación y continuidad del Programa se aplicarán los criterios establecidos por Resoluciones Nº 16/07 y 561/08 para los primeros años.
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5 | Resolución Acompañamiento Primer Año- Relacionada con Resoluciones 16/07;375/07;561/08 | 962 | 2009 | APRUEBA la continuidad del “Programa de Acompañamiento al alumno de Primer Año”, como experiencia educativa para el ciclo escolar 2009, para los Establecimientos Diurnos de Escuelas Públicas de la Provincia de Río Negro. Se determina que para la continuidad del programa se aplicarán los criterios establecidos por las Resoluciones 16/07 y 375/07 . |
4 | Resolución Derogada por Resolución N° 35/2013, y ratificada su anulación por Resolución N° 2035/15 | 453 | 2009 | APRUEBA el Proyecto TALLER de ACOMPAÑAMIENTO PEDAGÓGICO destinado a los alumnos de escuelas públicas de Nivel Primario Común y de Nivel Medio de la Provincia. DETERMINA que la figura de Coordinador Pedagógico tendrá una carga horaria de veinte (20) horas cátedra de Nivel Medio. ASIGNA cargos equivalentes a 740 puntos del Decreto 1095/92 a los Docentes designados para desempeñarse en el Taller de Acompañamiento Pedagógico para Nivel Primario Común, en función de la matrícula de alumnos que resulte de la inscripción correspondiente. ASIGNA las horas cátedra a los profesores designados para desempeñarse en el Taller de Acompañamiento Pedagógico para el Nivel Medio en función de la matrícula de alumnos que resulte de la inscripción en la asignatura correspondiente. DETERMINA que cada Delegación y Subdelegación Regional remitirá la nómina de alumnos, docentes y sedes al área Seguro Escolar de la Dirección de Personal Docente. ESTABLECER que la supervisión y seguimiento del Proyecto estará a cargo de la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica. |