36 TÍTULOS: Competencia. Clasificación. Certificados. Comisión de Títulos
Tipo | Nº | Año | Descripción | |
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357 | Resolución | 1597 | 2014 | ASOCIA el Título Profesor de Educación Secundaria en Ciencias de la Administración, otorgado por el Instituto Superior San Agustín, al código 4636. Quedando la siguiente denominación Profesor/ de Educación Secundaria/de Tercer Ciclo de la Educación General Básica y de la Educación Polimodal / en Ciencias de la Administración. |
356 | Resolución | 1596 | 2014 | AMPLIA las incumbencias del título “Profesor en Historia de las Artes Visuales” (Establecido en el manual de títulos bajo el código 431). |
355 | Resolución | 1595 | 2014 | INCLUYE en el Manual de Títulos para el ejercicio de la docencia el Título de “Licenciado en Humanidades y Ciencias Sociales, orientación Arte” otorgado por la Universidad de Palermo. |
354 | Resolución | 1594 | 2014 | INCLUYE en el Manual de Títulos para el ejercicio de la docencia el Título de “Técnico Artístico en Danza Folklóricas, cualquier modalidad u Orientación” otorgado por la Escuela Nº 4-127 Centro Polivalente de Arte, de la Provincia de Mendoza. |
353 | Resolución | 1593 | 2014 | INCLUYE en el Manual de Títulos para el ejercicio de la docencia el Título de “Profesor en Ciencias Agropecuarias” otorgado por la Universidad Nacional del Comahue. DETERMINA para el título “Profesor en Ciencias Agropecuarias” las incumbencias y alcances que se detallan en el Anexo I de la presente Resolución. |
352 | Resolución | 1592 | 2014 | RESTITUYE las incumbencias de las asignaturas 1900, 1901 y 1905 para los títulos “Licenciado en letras/ Letras Modernas” (Código 2001), “Licenciado en Ciencias de la comunicación” (Código 1872), “Licenciado en Comunicación Social/ Ciencias de la Comunicación Social, cualquier orientación” (Código 1927), “Periodismo” (Código 2126), “Licenciado en Periodismo” (Código 2041). DETERMINA para los Títulos mencionados en el Artículo anterior las incumbencias y alcances establecidos en el ANEXO I de la presente Resolución. AMPLIA para él título “Licenciado en Comunicación Social/ Ciencias de la Comunicación Social, cualquier orientación” (Código 1927), la incumbencia- Comunicación Oral y escrita/ Expresión oral y escrita. (Código 1901) pasando de supletorio a habilitante. DEJA SIN EFECTO de la Resolución 1932/13 para el título mencionado en el Artículo 3º sólo en la incumbencia 1901. |
351 | Resolución | 1591 | 2014 | INCLUYE en el Manual de Títulos para el ejercicio de la docencia el Título de Licenciada en Administración de Empresas – PROFESOR - (Título concurrente) otorgado por la Universidad Católica de la Plata. DA DE BAJA al código de asignatura 9005 Construcciones metálicas y de madera (CCT Especialidad Construcciones) con una valoración de habilitante otorgado por la Resolución Nº 2553/94 en el titulo mencionado en el Artículo precedente, por no tener la formación en su plan de estudios. Determina para el título “Licenciado en Administración de Empresas – PROFESOR -” (Título Concurrente) las incumbencias y alcances establecidos en el ANEXO I de la presente Resolución. |
350 | Resolución | 1590 | 2014 | INCLUYE en el Manual de Títulos para el ejercicio de la docencia el Título de “Ingeniero en Recursos Naturales” otorgado por la Universidad Nacional de La Pampa. DETERMINA para el título “Ingeniero en Recursos Naturales” las incumbencias y alcances establecidos en el ANEXO I de la presente Resolución. |
349 | Resolución | 1589 | 2014 | AMPLIA en el Manual de Títulos para el código 2030, Licenciatura en Organización Industrial, otorgado por entidades universitarias, con su respectivo alcance. |
348 | Resolución Modificada por Resolución N° 2839/24 | 1588 | 2014 | UNIFICA en el manual de títulos diferentes códigos, amplía incumbencias y reorganiza códigos. Incluye títulos. |
347 | Resolución | 1587 | 2014 | INCLUYE en el Manual de Títulos para el ejercicio de la docencia el Título de Bachiller y Técnico en Producción de Bienes y Servicios – Especialidad en Industrias de Procesos, otorgados por entidades de nivel medio. Para el título Bachiller y Técnico en Producción de Bienes y Servicios se determina las siguientes incumbencias y alcances. |
346 | Resolución | 1586 | 2014 | AMPLIA en el Manual de Títulos para el código 3156, Técnico Superior Agrario en Suelos y Aguas, otorgado por entidades universitarias, con su respectivo alcance. DA de BAJA la incumbencia de Tecnología Agrícola II/ suelo, con valoración supletorio otorgada por la Resolución Nº 2159/03, para el código 3156, Técnico Superior Agrario En Suelos y Aguas, otorgado por entidades universitarias y AMPLIA en el Manual de Títulos para el código 3156, Técnico Superior Agrario en Suelos y Aguas, otorgado por entidades universitarias. |
345 | Resolución | 1585 | 2014 | ASOCIA bajo el Código 4714 del Manual Informático los títulos “Técnico Universitario en Comunicación Institucional” otorgados por diferentes Instituciones de Nivel Universitario. |
344 | Resolución | 400 | 2014 | AMPLIA la nómina de los Títulos habilitados para ejercer el cargo de Técnico de Apoyo en la Escuela (TAE). |
343 | Resolución | 222 | 2014 | Consejo Federal de Educación Aprueba las modificaciones a la Resolución CFE N° 168/12 que figuran en el Anexo de la presente resolución. |
342 | Resolución relacionada con la Resolución N° 4409/18 (CPERN) | 221 | 2014 | Consejo Federal de Educación Implementa a partir del ciclo lectivo 2014 el “Registro Nacional de Firmas Educativas Jurisdiccionales (ReNaFEJu)”, creado por Resolución Ministerial N° 17 de fecha 17 de enero de 2014, como instrumento para certificar la legalización realizada por la autoridad educativa jurisdiccional sobre los certificados de estudios de educación secundaria y de educación superior, emitidos bajo el SISTEMA FEDERAL DE TÍTULOS, y cuyos lineamientos generales integran, como anexo, la presente resolución. A fin de facilitar la escolarización de los alumnos, la prosecución de sus estudios, y el reconocimiento en todo el país de la validez nacional de sus certificados educativos, la implementación aludida en el artículo anterior se realizará a través de las áreas de títulos de las distintas jurisdicciones, con la coordinación de la DIRECCIÓN DE VALIDEZ NACIONAL DE TÍTULOS Y ESTUDIOS del MINISTERIO DE EDUCACIÓN DE LA NACIÓN. |