33 SALARIOS: Estructura. Sistema de liquidaciones: Antigüedad. Asignaciones Familiares. Nomenclador de cargos. Ubicación. Zona desfavorable- Cargas horarias-
Tipo | Nº | Año | Descripción | |
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216 | Resolución Relacionada con las Resoluciones N° 1211/11, 445/12 y 673/12 | 1939 | 2012 |
CREA Centros Infantiles para los/las niños/niñas que deban concurrir con sus padres/madres a los establecimientos educativos de Educación Primaria de Jóvenes y Adultos en un todo de acuerdo con el Anexo I de la presente, cuando la institución educativa lo solicite y cuente con lugares físicos para implementarlo. DETERMINA que la edad de los/las niños/niñas que concurran a los Centros Infantiles, será desde un (1) año cumplido hasta los ocho (8) años de edad, salvo que un caso debidamente fundado se requiera asistencia más temprana o más tardía. CREA la figura de Equipo de Coordinación del Centro Infantil, a cargo del cuidado de los/las niños/niñas equivalente a un (1) cargo de Maestro de Ciclo de Educación Primaria de Adultos: el que deberá ser cubierto por un (1) Maestro de Grado de Escuela Primaria Común y un (1) Maestro de Sección de Nivel Inicial. |
215 | Resolución Modificado por Resolución N° 3254/15 | 1743 | 2012 |
DEJA SIN EFECTO el Anexo I de la Resolución Nº 730/10. APRUEBA el formulario de RECIBO DE HABERES que forma parte del ANEXO I de la presente Resolución. |
214 | Resolución Anulada por Resolución N° 2493/12 | 1083 | 2012 | ESTABLECE al sólo efecto de implementar la aplicación de la Resolución Nº 001/2012 de la Secretaría General de la Gobernación, las equivalencias a los cargos de Secretario de Estado, Subsecretario y Director en el ámbito del Consejo Provincial de Educación. DEJA SIN EFECTO la Resolución Nº 245/04. |
213 | Resolución | 229 | 2012 | Ministerio de Educación de la Nación Establece un salario mínimo docente para el cargo de maestro. Determinar, a los efectos del funcionamiento del sistema educativo, un salario mínimo docente de PESOS DOS MIL OCHOCIENTOS ($ 2800) para el cargo de maestro, jornada simple, sin antigüedad o equivalente en horas cátedra a partir del 1º de marzo de 2012, incluyendo dicho importe el FONDO NACIONAL DE INCENTIVO DOCENTE establecido en el punto TERCERO del acta citada. |
212 | Decreto Provincia de RN | 84 | 2011 |
Sustituye el Artículo 2° del Decreto N° 227/07, por el siguiente: “ARTICULO 2°.- Tendrán derecho a percibir asignaciones familiares, aquellos Agentes y Autoridades Superiores cuya retribución bruta sea igual o inferior a PESOS SEIS MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y TRES CON SESENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 6.343,68) a partir del 1° de Febrero de 2.011; y de PESOS SEIS MIL SEISCIENTOS VEINTISEIS CON OCHENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 6.626,88) a partir del 1° de Marzo de 2.011, conforme las consideraciones del Artículo 2° de la Ley L N° 4.101.”. VALORES DE ASIGNACIONES FAMILIARES DESDE EL DICTADO DE LA LEY PROVINCIAL N° 4101 |
211 | Ley Nacional | 26731 | 2011 | LEY DE IMPUESTO A LAS GANANCIAS-MODIFICACION DE LA LEY-IMPUESTO A LAS GANANCIAS. |
210 | Resolución | 3074 | 2011 | Administración Federal de Ingresos Públicos
Anticipos imputables al período fiscal 2011. Resolución General Nº 3061. Norma modificatoria. Sustituye el Anexo I de la Resolución General Nº 3061, por el que se aprueba y forma parte de la presente y establece que las disposiciones de esta resolución general entrarán en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial, inclusive. |
209 | Resolución | 3073 | 2011 | Administración Federal de Ingresos Públicos
Rentas del trabajo personal en relación de dependencia, jubilaciones, pensiones y otras rentas. Régimen de retención. Resolución General Nº 2437, sus modificatorias y complementarias. Norma complementaria. Establece que los agentes de retención alcanzados por las disposiciones de la Resolución General Nº 2437, sus modificatorias y complementarias, a los fines de la determinación de la ganancia neta sujeta a impuesto —prevista en el inciso b) del Artículo 7º de la citada norma— deberán utilizar, respecto de las remuneraciones correspondientes a los meses de marzo a diciembre de 2011, las tablas que se consignan en el Anexo de la presente, en sustitución de las previstas en la Resolución General Nº 3008 y que las diferencias que, por aplicación de las tablas mencionadas pudieran generarse a favor de los sujetos pasibles de retención se computarán contra las retenciones a practicarse en los meses restantes del período fiscal. En caso de existir un remanente a la finalización del ejercicio, resultará de aplicación lo dispuesto por el Artículo 14 de la Resolución General Nº 2437, sus modificatorias y complementarias. |
208 | Resolución | 3061 | 2011 | Administración Federal de Ingresos Públicos Impuesto a las Ganancias. Declaración jurada período fiscal 2010. Ingreso del impuesto. Plazo especial. Anticipos imputables al período fiscal 2011. Resoluciones Generales Nros. 975, 327 y 2437, sus respectivas modificatorias y complementarias. Norma complementaria. Establece que La liquidación del impuesto a las ganancias correspondiente al período fiscal 2010, de las personas físicas y sucesiones indivisas obligadas a presentar declaración jurada del gravamen, así como la determinación de los anticipos del mismo correspondientes al período fiscal 2011, se efectuarán observando lo que se establece en la presente. |
207 | Resolución Derogada por Resolución N° 305/13- Derogada por Resolución N° 1360/19 | 1976 | 2011 |
ESTABLECE la equivalencia al valor punto fijado en el Decreto 1095/92 |
206 | Resolución | 779 | 2011 |
AUTORIZA , en la Supervisión de Nivel Medio Andina Zona III de San Carlos de Bariloche, la implementación como Experiencia Educativa en el marco de los Artículos 68, 69 y 70 de la Ley Provincial Nº 2444, con una carga horaria de 6 horas reloj equivalente a un índice de 2500 puntos del Decreto 1095/92, · Un (1) Cargo Técnico Psicólogo Vacante Resolución Nº 255/02 Turno Tarde · Un (1) Cargo Técnico Pedagogo Vacante Resolución Nº 255/02 Turno Tarde ESTABLECE que se realizarán las actualizaciones correspondientes de acuerdo a las modificaciones que se generen en el nomenclador. |
205 | Ley | 4525 | 2010 |
Prorroga desde su vencimiento y hasta el día 31 de diciembre de 2010, la vigencia de la Emergencia del Sistema Educativo de la Provincia de Río Negro, declarada por la ley H n° 3628, en los términos allí establecidos. |
204 | Ley | 4524 | 2010 |
Prorroga desde su vencimiento y hasta el 31 de diciembre de 2010 el plazo de vigencia de la emergencia económica, financiera, administrativa y salarial del sector público de la Provincia de Río Negro, dispuesta por la ley H nº 2881. |
203 | Resolución Derogada por Resolución N° 4400/16 | 2853 | 2010 |
ESTABLECE, a partir de la presente, la compatibilidad en 35 (treinta y cinco) horas cátedra para los docentes que se desempeñan en Nivel Medio, o 1 (un) Cargo y 15 (quince) horas cátedra en el mismo o distinto nivel, en un todo de acuerdo a la Resolución N° 2433/10 de la Secretaría de Trabajo - Homologación acuerdos alcanzados el día 23 de Noviembre de 2010 y los considerandos expuestos. |
202 | Resolución | 2433 | 2010 |
Secretaría de Trabajo de Río Negro- Homologa acuerdo paritarios alcanzados con fecha 23 de Noviembre de 2010 donde se acuerda entre la UnTER y el Ministerio de Educación establecer la compatibilidad en 35 horas cátedra para los docentes que se desempeñen en el Nivel Medio o un cargo y 15 horas cátedra. La homologación es de fecha 30 de Noviembre de 2010. |
201 | Resolución Derogada por Resolución N° 35/2013, y ratificada su anulación por Resolución N° 2035/15 | 1730 | 2010 |
CREA a partir de la presente Resolución el cargo Referente Pedagógico Regional para las Escuelas de Jornada Extendida con una equivalencia a 3900 puntos, Decreto 1095/92,
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