17 INSTITUTOS DE NIVEL SUPERIOR: Superiores No Universitarios. De Formación y Perfeccionamiento Docente. Títulos. Curriculum. Designaciones
Tipo | Nº | Año | Descripción | |
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353 | Resolución | 3846 | 2014 | APRUEBA, a partir de la presente, el Mapa Curricular y Régimen de Correlatividades del Postítulo Docente: “Diplomatura Superior en Asesoramiento e Intervención Institucional”, con opción pedagógica presencial, a dictarse en el Instituto de Formación Docente San Agustín (A-37), de General Roca, que como Anexo I forma parte de la presente Resolución. ESTABLECE que la denominación del título a otorgar será “Diplomado Superior en Asesoramiento e Intervención Institucional”. |
352 | Resolución | 3652 | 2014 | RECTIFICA el Artículo 1° de la Resolución N° 564/10, el que quedará redactado de la siguiente forma: ARTICULO 1°.- APROBAR los Planes de Estudios de los Profesorados implementados a partir del año 2006, en el Instituto Universitario Patagónico de las Artes - CUE Nº 6200331 - de la ciudad - de General Roca, según los Anexos que forman parte de la presente Resolución |
351 | Resolución | 3211 | 2014 | PRORROGA las acciones determinadas en el Artículo 1º de la Resolución Nº 2618/13 por el período comprendido entre el 01 de Septiembre del 2014 al 31 de Diciembre del 2015. PRORROGA la designación establecida por el Artículo 3º de la Resolución Nº 2618/13, como Rector Normalizador del Instituto Universitario Patagónico de las Artes (IUPA), del Lic. Gerardo BLANES - DNI Nº 14.982.254 -, desde el 01 de Septiembre del 2014 al 31 de Diciembre del 2015. |
350 | Resolución Derogada por Resolución N° 4077/14 | 2876 | 2014 | DEROGA a partir de la presente, en todos sus términos, la Resolución N° 1001/10 del Consejo Provincial de Educación. APRUEBA, a partir de la presente, el Régimen Académico Marco para los estudiantes de las Instituciones de Educación Superior de la Provincia de Río Negro, que como Anexo I forma parte de la presente Resolución. Ámbito de Aplicación. El presente Régimen Académico Marco (RAM) se aplica a los Institutos de Formación Docente Continua y los Institutos Técnicos Superiores de la Provincia de Río Negro. |
349 | Resolución | 2783 | 2014 | ADHIERE e IMPLEMENTA, “PROYECTO PARA LA PREVENCION DEL ABANDONO ESCOLAR”, aprobado mediante Resolución Nº 727/09 del Ministerio de Educación de la Nación. DECLARA de Interés Educativo al programa nacional “PROYECTO PARA LA PREVENCION DEL ABANDONO ESCOLAR”, destinada a todas las Instituciones Educativas Públicas Estatales, de todos los niveles y modalidades (Adultos y Especial), debiéndose conformar la Mesa Socioeducativa para la Prevención del Abandono Escolar. CONVOCA a las Instituciones Educativas Públicas Estatales de todos los niveles y modalidades que decidan participa del Programa Prevención del Abandono Escolar, a la presentación de PROYECTOS SOCIO EDUCATIVOS PARA LA PREVENCION DEL ABANDONO ESCOLAR, como fundamento para el trabajo territorial desde los ámbitos de las Mesas Socioeducativas, donde serán: evaluados, planificados y ejecutados con financiamiento de acuerdo a lo establecido por el Programa Nacional. GARANTIZA la participación en los encuentros provinciales y nacionales del Programa Prevención del Abandono Escolar a todos los referentes institucionales de cada jurisdicción. ENCUADRA el desarrollo del Programa Prevención del Abandono Escolar como actividades educativas de los Directores, Docentes y Alumnos Parlamentarios de las Instituciones Educativas de todos los niveles y modalidades correspondientes a todas las jurisdicciones de la provincia |
348 | Resolución | 2500 | 2014 | APRUEBA el Reglamento General de Escuelas que se constituye como el instrumento de la Ley N° 4819 conforme a sus principios, y estableciendo criterios generales en función del cumplimiento de sus metas educativas, que como ANEXO I forma parte de la presente Resolución. El presente Reglamento General de Escuelas establece los criterios y lineamientos generales que orientarán el funcionamiento pedagógico y administrativo de todas las escuelas rionegrinas de la provincia de todos los niveles y modalidades. El mismo será la base sobre la cual se elaborarán las reglamentaciones específicas de todos los niveles y modalidades del sistema. La Secretaría de Educación generará un proceso de debate y recepcionará los aportes a través de las Supervisiones y Direcciones Escolares, que realicen las instituciones, docentes, estudiantes y familias para la redacción de un Reglamento Escolar Básico Específico. El Consejo Provincial de Educación será el encargado de la elaboración de todas las Resoluciones necesarias que complementen la presente. |
347 | Resolución | 2420 | 2014 | AUTORIZA, a partir del Ciclo Lectivo 2015, en la localidad de Los Menucos y por única Cohorte, la implementación del Profesorado de Educación Primaria, cuyo Diseño Curricular para la Formación Docente de Nivel Primario se encuentra aprobado por Resolución Nº 1528/09. DETERMINA que la dependencia académico–administrativa de la carrera estará a cargo del Instituto de Formación Docente Continua de General Roca. ESTABLECER que el Anexo Los Menucos del Instituto de Formación Docente Continua de General Roca tendrá por finalidad específica desarrollar la Formación Docente Inicial y Continua, así como las acciones de Investigación y Extensión, encuadrándose en los términos y condiciones previstos en el Título 6 – Capítulos I y II de la Ley F Nº 4819, y en los acuerdos establecidos en las Resoluciones Nº 72/08 y Nº 140/11 del Consejo Federal de Educación. |
346 | Resolución | 2014 | 2013 |
RECTIFICA el Anexo I de la Resolución N° 1236/10. ESTABLECE que las sedes de implementación de la segunda cohorte del mencionado Programa serán los Institutos de Formación Docente Continua, según la siguiente nómina: IFDC de General RocaIFDC de San Carlos de BarilocheIFDC de Villa Regina - Anexo Catriel y Sede ad hoc de CipollettiIFDC de San Antonio OesteIFDC de Luis BeltránIFDC en Educación Física de ViedmaTodos los establecimientos que cuenten con docentes participantes de la segunda cohorte del Profesorado de educación secundaria de la modalidad técnico profesional en concurrencia con título de base” (2013-2015) deberán reestructurar la carga horaria y/o los horarios de los mencionados docentes, para asegurar el cumplimiento frente a los/as estudiantes de la dedicación horaria correspondiente de cada espacio curricular en el marco de la Resol CPE N° 1185/13.
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345 | Resolución relacionada con Resolución N° 4245/15 y N° 03/17 | 1065 | 2013 |
APRUEBA el Diseño Curricular de la carrera "Profesorado de Enseñanza Secundaria en Tecnologías de la Información y la Comunicación (TlCs)", con opción pedagógica presencial, en el Instituto de Formación Docente Continua San Agustín A-037, de la ciudad de General Roca, que forma parte de la presente como Anexo I. APRUEBA el Mapa Curricular y Régimen de Correlatividades de la mencionada carrera que obran en el Anexo II de la presente. El título a otorgar será: "Profesor de Educación Secundaria en Tecnologías de la Información y la Comunicación (TlCs".
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344 | Resolución | 271 | 2013 | AUTORIZA a partir del Ciclo Lectivo 2013 en la localidad de Río Colorado y por única cohorte, la implementación del Profesorado de Educación Primaria, cuyo Diseño Curricular para la Formación Docente de Nivel Primario se encuentra aprobado por Resolución Nº 1528/09. La dependencia académico – administrativa de la carrera estará a cargo del Instituto de Formación Docente Continua de Luis Beltrán. |
343 | Resolución | 201 | 2013 |
Consejo Federal de Educación Aprueba el PROGRAMA NACIONAL DE FORMACIÓN PERMANENTE que como Anexo forma parte de la presente Resolución. Encomienda al MINISTERIO DE EDUCACIÓN DE LA NACIÓN el tratamiento de la presente medida en el marco del artículo 10º de la Ley Nº 26.075. |
342 | Ley Modificado Por Ley N° 5217 y N° 5458- Por Resolución N° 2602/15- Acuerdo paritario Resolución Nº 1333/15 (ST) del 10/06/15 | 4819 | 2012 |
LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO La presente regula el ejercicio del derecho de enseñar y aprender en el territorio de la provincia de Río Negro conforme a los principios establecidos en los artículos 5º, 14° y 75º, incisos 17, 18 y 19 de la Constitución Nacional, en los Tratados Internacionales incorporados a ella, en los artículos 60, 62, 63, 64, 65 Y 66 de la Constitución Provincial, en la Ley de Educación Nacional nº 26206 y los que en esta ley se determinan.
Artículos 106 a 123, de la Ley Orgánica de Educación , correspondientes al Capítulo de Educación Superior.
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341 | Ley | 4819 | 2012 |
TÍTULO 6: EDUCACIÓN SUPERIOR CAPITULO I: ASPECTOS GENERALES Y COMUNES A LAS INSTITUCIONES DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR- |
340 | Resolución | 3291 | 2012 | ESTABLECE los Lineamientos Generales para la transición de planes de estudios de la carrera de Profesorado para la Formación Docente en Educación Física, que forman parte integrante del Anexo I de la presente Resolución. APRUEBA el Régimen de Equivalencias entre el Plan de Estudios “Profesorado de Educación Física”, aprobado por Resolución N° 244/01 y el Plan de Estudios del “Profesorado para la Formación Docente en Educación Física”, aprobado por Resolución N° 1533/09, según obra en el Anexo II de la presente.
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339 | Resolución | 3290 | 2012 |
ESTABLECE que la implementación de la carrera Profesorado de Educación Secundaria en Matemática, aprobado por Resolución Nº 3467/11 e implementado en el Instituto de Formación Docente Continua de General Roca, tendrá vigencia para las cohortes 2012 a 2015. |
338 | Resolución | 3116 | 2012 |
APRUEBA el Plan de Estudios de la Especialización Docente de Nivel Superior en Educación en Contextos de Encierro, que como Anexo I forma parte integrante de la presente Resolución. La denominación de la titulación a otorgar es : · Especialista Docente de Nivel Superior en Educación en Contextos de Encierro.- El Plan de Estudios aprobado en el Artículo precedente tendrá una vigencia de dos cohortes. La primera cohorte será implementada en Instituto de Formación Docente Continua de General Roca y posteriormente la Dirección de Educación Superior y Formación, efectuará la evaluación destinada a determinar otras sedes de implementación de la mencionada propuesta de formación. |