4 CERTIFICACIONES DE SERVICIOS: Requisitos. Emisión

Héctor L. Roncallo – Legislación Educativa de Río Negro
TipoAñoDescripción
15Resolución 12962024

ESTABLECE que los perfiles docentes dependientes de la Modalidad de Educación Especial que realizan acompañamiento (presten servicios) a las trayectorias escolares establecidas en la Resolución N° 3438/CPE/2011 y sus modificatorias a estudiantes con discapacidad en establecimientos educativos de educación inicial, primario y secundario, serán certificados como dependientes de la Dirección de Educación Especial en el marco del Decreto Nacional N° 538/75.

14Resolución 42472021

ESTABLECE que los servicios prestados por el personal docente en el desempeño de funciones en cargos políticos, dentro del uso de la licencia establecida en el Art. 14 de la Resolución Nº 233/98, en el ámbito de los Poderes Ejecutivo y Legislativo de la Provincia de Río Negro, se computarán como docentes a los efectos de la bonificación por antigüedad, de los aportes previsionales y de la valoración para la clasificación efectuada por la Junta que corresponda. DETERMINA que los servicios desempeñados en los cargos citados en serán computados por la Junta de Clasificación que corresponda, según el cargo base u horas cátedra que posea el interesado/interesada.

 APRUEBA el modelo de Nota que se adjunta como Anexo I a la presente, por el cual el o la docente haciendo uso de la licencia política del Art. 14 de Resolución N° 233/98, le solicita a la Secretaría de la Función Pública la retención adicional del 2% sobre las asignaciones remunerativas.

13Resolución 67702019

ESTABLECE que los servicios docentes prestado en las  Supervisiones de Educación Especial y de Fronteras serán certificados dentro del Decreto N° 538/75, por los considerandos expuestos.

12Resolución 32272018

RECONOCE, la tarea docente en todas las modalidades de Gestión no estatal, Social, Privada, Cooperativa y Arancelada en las distintas funciones pedagógicas inherentes a la organización Institucional ya sea en las áreas programáticas, como en las extras programáticas o extra curriculares. Se aclara que las tareas docentes comprenden roles de docentes de área, dirección, coordinador pedagógico, tutor, bibliotecario, secretario, preceptor, docente de talleres disciplinarios, interdisciplinarios y multidisciplinario. DETERMINA, que al momento de iniciar los trámites jubilatorios el Consejo Provincial de Educación refrenda y avala la firma del Representante Legal del Establecimiento en la certificación de servicios de la tarea docente en los roles del Artículo anterior de todos los Docentes de Establecimientos Privados reciban o no cooperación del Estado.

11Resolución 44022016

ESTABLECE que el Consejo Provincial de Educación, dará cumplimiento al Artículo 4° del Decreto N° 538/75 “JUBILACIÓN DELPERSONAL DOCENTE”, de acuerdo a lo establecido en la circular de la Administración Nacional de la Seguridad Social N° 48/16 (Decreto N° 887/94 “ZONA DE FRONTERA Y ZONAS DE SEGURIDAD DE FRONTERA”, anexo II), mediante la emisión de la Certificación de Servicio correspondiente, a los docentes de la Provincia de Rio Negro.

10Resolución 17912009

DEJA  sin  efecto el Artículo 2º de la Resolución Nº 2155/08, por los considerandos expuestos en la presente normativa. INCORPORA,  en  consecuencia,  a  los  alcances  del  Artículo  1º  de la Resolución 2155/08,  los  cargos  de  Secretario y Prosecretario de Nivel Medio.LOS  RESPONSABLES   de   las  respectivas dependencias  adecuarán  los  registros administrativos a efectos de dar cumplimiento a lo señalado en el Artículo 2º a partir de la fecha en que fueron designados, según las constancias de servicios debidamente cumplimentadas que obren en el legajo personal del docente y/o la documentación de información mensual remitida por los establecimientos escolares. ESTABLECE  que  la  Dirección  de Personal Docente de este Organismo,  a través  del sector que corresponda, certifique los servicios de todos los cargos del nomenclador docente como frente a alumnos para acreditar la antigüedad requerida en la Legislación Previsional vigente.

9Resolución 17142009

 

CONSIDERA que   los  servicios   prestados  en   el   desempeño  de  funciones en los cargos de Presidente, Vocal del Cuerpo Colegiado del C.P.E., Secretario General, Subsecretario, Vocal de Junta de Clasificación, Vocal de Junta de Disciplina, Director General, Director de Nivel, y/o modalidades, Delegado Regional, Coordinador Regional, Subdelegado Regional, Secretario Técnico, Supervisor Jefe y Sumariante, en el ámbito del Ministerio de Educación – Consejo Provincial de Educación, se computarán como docentes a los efectos de la bonificación por antigüedad, de los aportes previsionales y de la valoración para la clasificación efectuada por la Junta que corresponda. DETERMINA que la presente norma sólo resultará aplicable en cuanto a aquellos que posean  titulaciones reconocidas según los Manuales de Títulos de la Provincia de Río Negro, y que acrediten formal  desempeño en el Sistema Educativo Provincial.

8Resolución Modificado Por Resolución N°1791/09 21552008

RECONOCE como ejercidos efectivamente al frente de alumnos los servicios de todos los docentes que se encuentren incluidos en el escalafón docente y/o en el Nomenclador salarial respectivo, prestados en Establecimientos Educativos dependientes del Consejo Provincial de Educación, excluyendo de los alcances de la presente resolución los cargos de Secretario y Prosecretario de Nivel Medio. ESTABLECE  para los casos mencionados en la presente Resolución, que la Dirección de Personal Docente de este Organismo, a través del sector que corresponda certifique los servicios como frente a alumnos, teniendo en cuenta los requisitos solicitados por la Legislación Previsional vigente, y a los fines de acreditar antigüedad al frente de alumnos.

7Resolución 13102008

HACE  LUGAR al  reclamo  de  reconocimiento de antigüedad docente formulado  por la señora Blanca MOYANO, debiendo computarse su antigüedad acumulada mientras ocupó cargos políticos no electivos dentro de la estructura orgánica del Consejo Provincial de Educación y en relación a la actividad docente. DA INTERVENCIÓN  a  las  Direcciones   de  Personal   Docente,  Departamento Licencias Docentes y Liquidaciones a los fines a los fines de las certificaciones y liquidaciones correspondientes.

6Resolución ampliada por Resoluciones N° 2155/08 y 1791/09 18002006

Determina el reconocimiento de los servicios en la Función Directiva en los Establecimientos Educativos dependientes del Consejo Provincial de Educación como Ejercidos efectivamente al frente de alumnos. La Dirección de Personal certificará los servicios como frente a alumnos teniendo en cuenta los requisitos solicitados por la Legislación Previsional vigente a los efectos de acreditar antigüedad al frente de alumnos. 

5Circular 91994

Dirección de Personal. Aclaratoria de la Resolución 1421/80.

4Resolución 20091987

Certificaciones de servicios de carácter docente en organismos oficiales no docentes.

3Resolución 18461985

Establece que el personal superior, cuyas funciones se encuadren en lo establecido en el Artículo 1 de la Ley 391 Buscar ley, podrá computar a los fines del reconocimiento de la antigüedad docente el período desempeñado en el cargo superior.

2Resolución Derogada Por artículo 220 de la Ley 4819 14211980

Requisitos que deben contener Certificados de Servicios Docentes.

En página del CPE figura como vigente

1Resolución 4731968

Determina como se certifica el cómputo de antigüedad de los servicios prestados por Interinos y Suplentes a partir del Período Lectivo 1958

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