Ministerio de
Educación, Ciencia y Tecnología Consejo Federal de Cultura y
Educación Secretaría General
BUENOS AIRES, 10 de febrero de
2005 RESOLUCIÓN Nº 234/05 C.F.C. Y E.
VISTO:
Los artículos 53, 54, 55, 59 y concordantes de la Ley Nº 24.195
relativos a las misiones y funciones del CONSEJO FEDERAL DE CULTURA Y
EDUCACIÓN y a las atribuciones del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y
TECNOLOGÍA y de las AUTORIDADES EDUCATIVAS DE LAS PROVINCIAS Y DE LA
CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, y
CONSIDERANDO:
Que el sistema educativo debe ser articulado, equitativo, abierto,
prospectivo y orientado a satisfacer las necesidades nacionales y la
diversidad regional.
Que los Documentos de Base contienen el
perfil de formación profesional, las bases curriculares y los módulos que
permiten el desarrollo de diversas ofertas formativas.
Que los
nuevos perfiles profesionales que se presentan en esta oportunidad, han
sido consensuados por los sectores empresariales y gremiales propios de la
actividad, a través de las actividades que se desarrollaron en virtud de
los convenios celebrados entre los mismos y el INSTITUTO NACIONAL DE
EDUCACIÓN TECNOLÓGICA.
Que las bases curriculares y los módulos,
garantizan el desarrollo de las competencias profesionales previstas en
los perfiles que se presentan, atendiendo de un modo flexible a la
diversidad de las realidades socio productivas y educativas de las
distintas jurisdicciones, y resguardando la unidad y calidad de la
formación.
Que los Documentos Base de los Perfiles Profesionales
mencionados, han sido presentados en el XV ENCUENTRO FEDERAL DE EDUCACIÓN
TRABAJO, celebrado en el mes de octubre del año 2004, en sede del
INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICA.
Que el Consejo
Nacional de Educación y Trabajo (CoNE-T) ha emitido opinión favorable al
respecto.
Por ello:
LA LXX ASAMBLEA EXTRAORDINARIA
DEL CONSEJO FEDERAL DE
CULTURA Y EDUCACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: Aprobar los Documentos Base (Perfil
Profesional, Bases Curriculares y Módulos) de los siguientes Perfiles de
Formación Profesional: "Auxiliar en Mantenimiento de Motores Nafteros”;
“Auxiliar en Mantenimiento de Motores Diesel”; “Colocador de
Revestimientos Decorativos”; “Auxiliar en Gestión de Facturación en Salud”
y “Operador de Informática de Oficina”, los cuales integran la presente
resolución.
ARTÍCULO 2º.- Las Provincias y la CIUDAD
AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES adecuarán sus ofertas formativas, en forma
progresiva a las pautas establecidas en estos Documentos
Base.
ARTÍCULO 3º.- Periódicamente se evaluará la
implementación de estos Documentos y se propondrán modificaciones que
serán incorporadas a los mismos para su actualización permanente. Las
actualizaciones e innovaciones deberán ser acordados por el CONSEJO
FEDERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN a los efectos de la equivalencia y validez
nacional de estudios y títulos.
ARTÍCULO 4º.- Regístrese,
comuníquese a las jurisdicciones y cumplido archívese.
Firmado: Lic. Daniel Filmus - Ministro de Educación, Ciencia y
Tecnología de la Nación Prof. Domingo de Cara-Secretario
General-CFCyE
RESOLUCIÓN C.F.C.Y E. Nº
234/05 |