Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología
Consejo Federal de Cultura y Educación
Secretaría General

BUENOS AIRES, 10 de febrero de 2005
RESOLUCIÓN Nº 234/05 C.F.C. Y E.


VISTO:

Los artículos 53, 54, 55, 59 y concordantes de la Ley Nº 24.195 relativos a las misiones y funciones del CONSEJO FEDERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN y a las atribuciones del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA y de las AUTORIDADES EDUCATIVAS DE LAS PROVINCIAS Y DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, y

CONSIDERANDO:

Que el sistema educativo debe ser articulado, equitativo, abierto, prospectivo y orientado a satisfacer las necesidades nacionales y la diversidad regional.

Que los Documentos de Base contienen el perfil de formación profesional, las bases curriculares y los módulos que permiten el desarrollo de diversas ofertas formativas.

Que los nuevos perfiles profesionales que se presentan en esta oportunidad, han sido consensuados por los sectores empresariales y gremiales propios de la actividad, a través de las actividades que se desarrollaron en virtud de los convenios celebrados entre los mismos y el INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICA.

Que las bases curriculares y los módulos, garantizan el desarrollo de las competencias profesionales previstas en los perfiles que se presentan, atendiendo de un modo flexible a la diversidad de las realidades socio productivas y educativas de las distintas jurisdicciones, y resguardando la unidad y calidad de la formación.

Que los Documentos Base de los Perfiles Profesionales mencionados, han sido presentados en el XV ENCUENTRO FEDERAL DE EDUCACIÓN TRABAJO, celebrado en el mes de octubre del año 2004, en sede del INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICA.

Que el Consejo Nacional de Educación y Trabajo (CoNE-T) ha emitido opinión favorable al respecto.


Por ello:

LA LXX ASAMBLEA EXTRAORDINARIA

DEL CONSEJO FEDERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN

RESUELVE:


ARTÍCULO 1º: Aprobar los Documentos Base (Perfil Profesional, Bases Curriculares y Módulos) de los siguientes Perfiles de Formación Profesional: "Auxiliar en Mantenimiento de Motores Nafteros”; “Auxiliar en Mantenimiento de Motores Diesel”; “Colocador de Revestimientos Decorativos”; “Auxiliar en Gestión de Facturación en Salud” y “Operador de Informática de Oficina”, los cuales integran la presente resolución.

ARTÍCULO 2º.- Las Provincias y la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES adecuarán sus ofertas formativas, en forma progresiva a las pautas establecidas en estos Documentos Base.

ARTÍCULO 3º.- Periódicamente se evaluará la implementación de estos Documentos y se propondrán modificaciones que serán incorporadas a los mismos para su actualización permanente. Las actualizaciones e innovaciones deberán ser acordados por el CONSEJO FEDERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN a los efectos de la equivalencia y validez nacional de estudios y títulos.

ARTÍCULO 4º.- Regístrese, comuníquese a las jurisdicciones y cumplido archívese.

Firmado:
Lic. Daniel Filmus - Ministro de Educación, Ciencia y Tecnología de la Nación
Prof. Domingo de Cara-Secretario General-CFCyE

RESOLUCIÓN C.F.C.Y E. Nº 234/05