Ministerio de
Educación, Ciencia y Tecnología Consejo Federal de Cultura y
Educación Secretaría General
BUENOS AIRES, 11 de agosto de
2004 RESOLUCIÓN Nº 224/04 C.F.C. Y E.
VISTO:
Las Resoluciones CFCyE Nos. 63/97 y 179/02 y,
CONSIDERANDO:
Que el Ministerio de Educación Ciencia y Tecnología de la Nación y
el Consejo Federal de Cultura y Educación ponen en marcha el Plan Nacional
para la Formación Docente 2004- 2007.
Que la política de
acreditación de las instituciones de formación docente desarrollada por
las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en base a los
acuerdos de este Consejo Federal, ha dado lugar a procesos
heterogéneos.
Que resulta conveniente reformular el sistema de
acreditación de los institutos de formación docente, adecuando parámetros,
criterios y mecanismos de evaluación.
Que es necesario generar una
política de acreditación que revise, reoriente y garantice la continuidad
a los procesos anteriores, apuntando a mejorar aspectos sustantivos de la
formación docente, en el marco del Plan Nacional para la Formación
Docente.
Que se debe garantizar el derecho a enseñar en todo el
territorio dando continuidad a la validez nacional de los títulos
docentes.
Que se requiere disponer de plazos razonables para el
desarrollo de un proceso de trabajo con las jurisdicciones donde la
evaluación sea planteada como punto de llegada, a posteriori de un proceso
de fortalecimiento de las instituciones.
Por ello:
LA LXVI ASAMBLEA EXTRAORDINARIA
DEL CONSEJO FEDERAL DE
CULTURA Y EDUCACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: Dar inicio a un proceso de consulta y
elaboración destinado a enriquecer y mejorar los parámetros, criterios y
mecanismos actuales de acreditación de las instituciones de Formación
Docente, durante los años 2004 y 2005, cuyo objetivo final sea un nuevo
acuerdo federal sobre la materia.
ARTÍCULO 2º: Poner en
marcha a partir del segundo cuatrimestre del año 2006 la segunda instancia
del proceso de acreditación de instituciones de Formación Docente, en base
al acuerdo que refiere el artículo anterior.
ARTÍCULO 3º:
Prorrogar la acreditación alcanzada por aquellas instituciones que
debieran iniciar al segundo proceso de acreditación en los años 2004 y
2005 hasta el inicio del nuevo proceso.
ARTÍCULO 4º:
Determinar que las instituciones que tienen pendiente el cierre de su
proceso de acreditación, culminen el mismo en arreglo con la normativa
vigente.
ARTÍCULO 5º: Dejar sin efecto el artículo 1° de la
resolución CFCyE Nº 179/02 a efectos de garantizar un inicio homogéneo del
nuevo sistema de acreditación, el que será acordado federalmente conforme
la presente resolución.
ARTÍCULO 6º: Regístrese, comuníquese
a las jurisdicciones y cumplido archívese.
Firmado: Lic. Daniel Filmus - Ministro de Educación, Ciencia y
Tecnología de la Nación Prof. Domingo de Cara-Secretario
General-CFCyE
RESOLUCIÓN C.F.C.Y E. Nº
224/04 |