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Ministerio de
Educación, Ciencia y Tecnología Consejo Federal de Cultura y
Educación Secretaría General
BUENOS AIRES, 27 de abril de
2004 RESOLUCIÓN Nº 214/04 C.F.C. Y E.
VISTO:
La normativa vigente en cada jurisdicción, y
CONSIDERANDO:
Que la educación es un derecho irrenunciable y previsto en la
Constitución Nacional.
Que el MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y
TECNOLOGÍA DE LA NACIÓN debe desarrollar acciones a fin de promover la
calidad educativa y alcanzar logros equivalentes, a partir de
heterogeneidades locales, provinciales y regionales.
Que luego de
veinte años de democracia y reconociendo los logros alcanzados en materia
de inclusión y políticas compensatorias, resulta necesario acordar
estrategias y acciones comunes, tendientes a saldar deudas históricas que
la educación argentina tiene con la sociedad.
Que el cumplimiento
de la extensión de la obligatoriedad escolar de diez años y el logro de
condiciones que aseguren la continuidad efectiva de los estudios son metas
aún pendientes en sectores y regiones más postergados.
Que las
condiciones de desigualdad social han provocado inequidades en la
distribución de la escolarización plena de los ciudadanos, en tanto que la
existencia de circuitos diferenciados en cuanto al acceso, permanencia y
egreso de la escuela, profundiza las desigualdades socioeconómicas,
socioeducativas y culturales.
Que se ratifica el convencimiento de
que la educación constituye uno de los pilares estratégicos para el
desarrollo del país y la herramienta ineludible para alcanzar la justicia
social y garantizar la dignidad de todos los ciudadanos.
Que el
MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA DE LA NACIÓN, conforme las
responsabilidades que lo son emergentes, propone acciones específicas con
el objeto de asegurar la calidad, equidad e igualdad de
aprendizajes.
Que estas acciones tienen como ejes la identificación
de núcleos de aprendizajes prioritarios que constituyan objetivos
ineludibles en el proceso de enseñanza.
Que la participación de las
provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires será central en la
identificación de estos aprendizajes y en la definición y alcances de la
mutua cooperación, originándose compromisos recíprocos para su ejecución.
Que las acciones concurrentes para la recuperación de la educación
deberán desarrollarse necesariamente con el protagonismo de las
autoridades educativas nacionales y jurisdiccionales; de las familias como
agente natural y primario de la educación y la participación de todos los
actores del sistema educativo, ampliando la convocatoria a diversas
organizaciones sociales y medios de opinión pública.
Por ello:
LA LXIV ASAMBLEA EXTRAORDINARIA
DEL CONSEJO FEDERAL DE
CULTURA Y EDUCACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: Aprobar el documento "REDUCIR DESIGUALDADES
Y RECUPERAR LA CENTRALIDAD DE LOS APRENDIZAJES", que como ANEXO
I forma parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO
2º: Acordar que el MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA DE LA
NACIÓN, las PROVINCIAS y la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES se comprometen
a desarrollar una política orientada a dar unidad al sistema a través de
la identificación de un núcleo de aprendizajes prioritarios desde el nivel
Inicial hasta la educación Polimodal/Media, y su necesaria incidencia en
la formación docente.
ARTÍCULO 3º: Establecer que el
MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA DE LA NACIÓN, las PROVINCIAS
y la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES se comprometen a realizar todas las
acciones necesarias para garantizar la formalización de compromisos de
acción para favorecer y posibilitar el acceso a los aprendizajes
prioritarios.
ARTÍCULO 4º: El MINISTERIO DE EDUCACIÓN,
CIENCIA Y TECNOLOGÍA DE LA NACIÓN, y el CONSEJO FEDERAL DE CULTURA Y
EDUCACIÓN, elaborarán materiales de apoyo a la tarea docente y de
información y orientación a los padres y a la comunidad en
general.
ARTÍCULO 5º: Acordar que el MINISTERIO DE
EDUCACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA DE LA NACIÓN y el CONSEJO FEDERAL DE
CULTURA Y EDUCACIÓN, harán extensiva la participación consultando a los
gremios docentes, otros actores del sistema educativo, universidades,
instituciones académicas y organizaciones sociales.
ARTÍCULO
6º: Regístrese, comuníquese a las jurisdicciones y cumplido
archívese.
Firmado: Lic. Daniel Filmus - Ministro de Educación, Ciencia y
Tecnología de la Nación Prof. Domingo de Cara-Secretario
General-CFCyE
RESOLUCIÓN C.F.C.Y E. Nº
214/04 |